Dictamen técnico relativo a la autorización de la licencia de ejecución de obras de urbanización de la etapa 1 y nomenclatura del fraccionamiento de tipo popular denominado “Conjunto Habitacional y Comercial Ciudad del Sol, Sección Valle de Santiago”, ubicado en las fracciones F1-138, F1-139, F1-148 y Parcela 150 Z-6 P1/2 del Ejido Tlacote El Bajo, en la Delegación Municipal Felipe Carrillo Puerto, Municipio de Querétaro, Qro.

2 de septiembre de 2011 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 8451
GOBIERNO MUNICIPAL
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN V INCISOS B), D) Y F) DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 7 Y 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
DE QUERÉTARO; 9° FRACCIONES II, X Y XII DE LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS; 30
FRACCIÓN II INCISO D Y F, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 4 DE LA LEY
DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE QUERETARO; 1°, 14 FRACCIÓN III, 16
FRACCIONES I, V, VI, VII, IX, XII, XIII Y XIX, 17 FRACCIONES I, II, III, XI Y XVIII, 82, 92, 99, 100 FRACCIÓN I
INCISO B), 101, 106, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 140, 141, 143, 144, 145, 147 Y 152 DEL CÓDIGO URBANO
PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; 73 FRACCIONES I Y V, DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE QUERÉTARO; Y
DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO POR EL ACUERDO DE CABILDO RELATIVO A LA DELEGACIÓN DE
FACULTADES A LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SUSTENTABLE MUNICIPAL PARA EMITIR
AUTORIZACIONES EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO.
CONSIDERANDOS
1. Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, los Municipios están dotados de autonomía, patrimonio propio y se encuentran facultados para
emitir disposiciones administrativas de carácter general dentro de su respectivo ámbito de competencia.
2. Que en atención a lo dispuesto por el Artículo 30 Fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
Querétaro, otorga a los Ayuntamientos atribuciones para organizar su funcionamiento y estructura, para regular
en forma sustantiva y adjetiva las materias de su competencia, a través de bandos, reglamentos, decretos,
acuerdos, circulares y demás documentos que contengan disposiciones administrativas de observancia general
y obligatoria en el municipio, determinando su vigencia y permanencia.
3. Que los Artículos 121 y 122 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, 73 del Código Municipal de
Querétaro y conforme al Acuerdo de Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 13 de octubre de 2003 por el que se
crea la Secretaría de Desarrollo Sustentable, refieren que ésta Dependencia es la encargada de regular el
ordenado crecimiento urbano municipal.
4. Que mediante Acuerdo de Cabildo de fecha 02 (dos) de octubre de 2009 (dos mil nueve), el H. Ayuntamiento
del Municipio de Querétaro aprobó el delegar facultades a la Secretaría de Desarrollo Sustentable Municipal
para emitir autorizaciones en materia de desarrollo urbano, acuerdo publicado en el Periódico Oficial “La
Sombra de Arteaga” en fecha 06 (seis) de Noviembre del 2009 (dos mil nueve), y en atención al artículo 4 de la
Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro, ésta Secretaría se encuentra legalmente
facultada para la emisión del presente acto administrativo.
5. Que mediante escrito presentado por el Ing. Guillermo Zambrano Romero, Representante Legal de la empresa
denominada “Casas Javer de Querétaro”, S. A. de C. V., solicita la Autorización de la Licencia de Ejecución
de Obras de Urbanización de la Etapa 1 y Nomenclatura del fraccionamiento de tipo popular
denominado “Conjunto Habitacional y Comercial Ciudad del Sol, Sección Valle de Santiago”, ubicado
en las fracciones F1-138, F1-139, F1-148 y Parcela 150 Z-6 P1/2 del Ejido Tlacote El Bajo, en la
Delegación Municipal Felipe Carrillo Puerto de esta ciudad; y requiere a esta autoridad administrativa para
que determine lo conducente, apoyado en el siguiente:
DICTAMEN TÉCNICO
1. Mediante copia certificada de la escritura pública número 23,998 (vei ntitrés mil novecientos noventa y ocho), de
fecha 21 (veintiuno) de octubre de 2010 (dos mil diez), pasada ante la fe del Lic. José Javier Leal González, Notario
Público titular de la Notaría Pública número 111 (ciento once), con ejercicio en el Primer Distrito del Estado de Nuevo
León; se hace constar la constitución de una Sociedad Anónima de Capital Variable denominada “Casas Javer de
Querétaro”, que formalizan las empresas “Servicios Corporativos Javer”, S. A. P. I. de C. V., y “Servicios
Administrativos Javer”, S. A. C. V., ambas representadas por César Pérez Barnés y Alfredo Castellanos Heuer;
documento inscirto en el Registro Público de la Propiedad y del C omercio del Estado de Nuevo León, en el folio
Mercantil Electrónico 123070*1, de fecha 29 (veintinueve) de octubre de 2010 (dos mil diez).

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