Economía digital y activos virtuales

Fecha de publicación06 Octubre 2019
AutorAlbertoAguirre

Ultimátum del SAT. El pasado miércoles 2 de octubre podría ser inolvidable para miles de abogados, auditores y contadores que recibieron una carta invitación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) que a partir de esa fecha cuentan con 15 días hábiles para aclarar si realizan actividades vulnerables.

Enviada por el buzón tributario de manera masiva, este exhorto electrónico es una primera advertencia, para aquellos que realizan actividades consideradas como vulnerables de conformidad con el artículo 17 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Una primera llamada para que regularicen su registro, que podrán ignorar aquellos que se hayan inscrito en el padrón de personas que realizan actividades vulnerables. Entre los prestadores de servicios de contabilidad y auditoría que recibieron la notificación y no han aclarado su situación jurídica, las inquietudes alcanzaron niveles de zozobra, no obstante esta peculiar forma del SAT para ejercer sus facultades de verificación.

El plazo otorgado por el órgano supervisor para recibir la contestación correspondiente está en curso. Y la zozobra no amaina. La fracción XI del artículo 17 de la LFPIORPI se refiere a aquellos profesionales dedicados a la prestación de servicios de compraventa de bienes inmuebles o la cesión de derechos sobre éstos; la administración y manejo de recursos, valores o cualquier otro activo de sus clientes; el manejo de cuentas bancarias, de ahorro o de valores; la organización de aportaciones de capital o cualquier otro tipo de recursos para la constitución, operación y administración de sociedades mercantiles, o la constitución, escisión, fusión, operación y administración de personas morales o vehículos corporativos, incluido el fideicomiso y la compraventa de entidades mercantiles.

Sin impuestos a la economía digital en el sistema tributario mexicano, las fintech han generado plataformas de pago electrónico, modelos de financiamiento colectivo y préstamos, criptomonedas como las bitcoin y el uso de inteligencia artificial.

Recientemente también se emitió la Norma de Información Financiera NIF 22 para integrar las criptomonedas en los estados financieros de las entidades, como activos intangibles. Y a la luz de la legislación vigente en materia de prevención de operaciones con recursos ilícitos, la autoridad revisará los movimientos realizados con activos virtuales.

La fracción XVI del artículo...

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