Acuerdo y Documento que Contiene la Modificación al Programa Parcial de Urbanización Denominado 'bodega para Alimentos Envasados', Localizado al Sureste de Esta Ciudad Capital

ACUERDOY DOCUMENTO QUE CONTIENE LA MODIFICACIÓN AL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN DENOMINADO "BODEGA PARA ALIMENTOS ENVASADOS", LOCALIZADO AL SURESTE DE ESTA CIUDAD CAPITAL.

MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto Constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D OPRIMERO.-

Que mediante oficio número 02.254/2013, de fecha 26 de septiembre del año 2013, y recibido el 27 del mismo mes, el Director de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene la modificación del Programa Parcial de Urbanización denominado BODEGA PARA ALIMENTOS ENVASADOS", localizado al Sureste de esta Ciudad Capital, lo cual es promovido por la empresa denominada CONDOMINIOS MARIA DE LOURDES S.A. DE C.V.

SEGUNDO.-

Que el Programa parcial de Urbanización denominado "BODEGA PARA ALIMENTOS ENVASADOS", localizado al Sureste de esta Ciudad Capital, fue aprobado por el H. Cabildo del municipio de Colima, Colima, el 24 de noviembre del año 2010, y mediante Acuerdo del Titular del Ejecutivo Estatal se publicó en el Periódico Oficial "El Estado de Colima", en su edición No. 52, de fecha 18 de diciembre del mismo año. Con fecha 12 de julio del año 2013, el H. Cabildo del municipio ya mencionado aprobó una modificación al Programa Parcial que nos ocupa, conforme lo hace constar el Secretario del H. Ayuntamiento respectivo, en la certificación del punto de Acuerdo del Acta de Cabildo, expedida el día de su aprobación, misma que obra en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General de Gobierno, la cual consiste en eliminar el lote EV cuya superficie se agrega al lote con uso de Corredor Comercial y de Servicios Regional, conforme se asienta en el documento del cual solicita su publicación.

TERCERO.-

Que el Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, dictaminó la congruencia de la modificación al Programa Parcial de...

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