Djibouti vs. Francia: algunas interrogantes en materia de asistencia jurídica mutua

AutorVíctor E. Corzo Aceves; Ernesto E. Corzo Aceves
Páginas27

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El 4 de junio de 2008, la Corte Internacional de Justicia emitió su sentencia en el caso entre Francia y Djibouti, que surge como consecuencia de las investigaciones —en ambas naciones— del deceso del juez francés Bernard Borrel, quien fungía como asesor técnico del Ministerio de Justicia de Djibouti, y que fue encontrado muerto el 19 de octubre de 1995, a 80 kilómetros de la ciudad de Djibouti.

Inicialmente las autoridades africanas determinaron que se había tratado de un suicidio; sin embargo, durante sus primeras investigaciones el gobierno francés dejó ver la posibilidad de un homicidio. Ante tales sospechas, el gobierno de Djibouti prestó toda su asistencia a las autoridades francesas para el desahogo de varias cartas rogatorias en su territorio, actitud contraria a la postura francesa, que negó a las autoridades de Djibouti copia del expediente de la investigación sobre la muerte de Borrel. Asimismo, como parte de las investigaciones correspondientes, las autoridades francesas emitieron citatorios al presidente, al procurador y al jefe de seguridad nacional de Djibouti, para que rindieran su declaración en torno a la muerte del juez francés, y giraron órdenes de aprehensión en contra de estos dos últimos funcionarios.

¿Cuál es la relevancia del caso?

La relevancia de este caso consiste, primero, en que es la primera vez que un Estado acepta la jurisdicción de la Corte conforme al artículo 38(5) de sus Reglas; en otras palabras, la Corte conoció del asunto gracias a que Francia aceptó su jurisdicción con posterioridad a la presentación de la aplicación por parte de Djibouti y exclusivamente para el caso particular.

Asimismo, este caso ayuda a romper el paradigma bajo el cual las autoridades nacionales han excluido de la redacción de los tratados de cooperación —tanto de extradición, como de asistencia jurídica— una cláusula jurisdiccional que, en caso de conflicto, permita acudir a un órgano jurisdiccional internacional para que resuelva la diferencia.

¿Qué resolvió la Corte?

Con relación a su jurisdicción, la Corte señaló que la aceptación por parte de Francia debe interpretarse respecto de todos los hechos contenidos en la aplicación de Djibouti y no sólo en torno al párrafo de dicho documento titulado "Objeto de la controversia" Asimismo, determinó que no entraría al estudio de las "órdenes de arresto" emitidas en contra del procurador y del jefe de...

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