Discute Corte prescripción de genocidio

AutorVíctor Fuentes

La Suprema Corte de Justicia resolverá hoy si todavía es posible acusar por genocidio al ex Presidente Luis Echeverría y otras 10 personas presuntamente implicadas en la matanza de 12 estudiantes el 10 de junio de 1971.

La Primera Sala de la Corte discutirá un proyecto del Ministro Juan Silva Meza, para determinar si este delito ya prescribió.

Según fuentes judiciales, el proyecto propone un fallo adverso a Echeverría y sus coacusados, para declarar que no hubo prescripción y revocar el acuerdo del juez federal que negó la orden de captura en primera instancia, en julio del 2004.

Sin embargo, las fuentes pronosticaron un "fuerte debate" entre los cinco Ministros de la Sala, por lo que no es posible anticipar cuál será el resultado final de la votación.

Será un debate histórico, entre otras razones, porque es la primera vez que un ex Presidente del régimen priista es encausado penalmente por un delito, y porque se trata de la primera acusación de genocidio que se ha presentado por hechos que ocurrieron en México y fueron ejecutados por ciudadanos mexicanos.

La idea es que la Sala resuelva hoy, aunque cualquier Ministro puede plantear, durante la discusión, elevar el caso a consideración del Pleno de la Corte por su importancia.

En cualquier escenario, la Corte no entrará a ningún otro aspecto de la acusación, es decir, no le corresponde revisar las pruebas contra Echeverría, el ex Secretario de Gobernación, Mario Moya Palencia, ni el resto de los acusados, ni tampoco determinar si hay elementos para librar orden de aprehensión en su contra.

Su única función será resolver si el plazo de prescripción de 30 años, que el Código Penal preveía para el delito de genocidio en 1971, efectivamente venció y no puede ser revertido mediante la aplicación de algún tratado internacional u otro criterio.

El juez de primera instancia consideró que el tratado que declara que estos delitos no prescriben, entró en vigor en México el 13 de junio del 2002 y no puede ser aplicado de manera retroactiva, porque violaría la Constitución.

"Con fundamento en el artículo 14 de la Constitución", aclaró el Senado y retomó el juez, "el Gobierno de México, al ratificar la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y los de Lesa Humanidad, entenderá que únicamente considerará imprescriptibles los crímenes que consagra la Convención, cometidos con posterioridad a su entrada en vigor para México".

Si la Corte supera esta limitación y revoca el fallo...

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