Discriminación laboral. Se actualiza si el trabajador demuestra la falta de inscripción ante el IMSS e Infonavit en conjunción con las evasivas del patrón a reinstalarlo. Tesis de Tribunal Colegiado

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Discriminación laboral. Se actualiza si el
trabajador demuestra la falta de inscripción
ante el IMSS e Infonavit en conjunción con
las evasivas del patrón a reinstalarlo.
esis de Tribunal Colegiado
Ante un despido injustificado, el trabajador puede demandar su reinstalación en su antiguo trabajo, así como todos
los derechos laborales que no le hayan sido proporcionados, como el caso de que no hubiera sido inscrito ante el
IMSS e Infonavit; incluso cuando se dicta la reinstalación y la parte patronal se niega a realizar la inscripción, situación
considerada como discriminación laboral al negarle su derecho humano a la salud.
En este sentido, el Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito emitió la tesis aislada I.5o.T.45
L (11a.) en la que determinó que cuando el trabajador demuestra la falta de inscripción ante el IMSS e Infonavit, en
conjunción con las evasivas de la patronal a reinstalarlo, derivado de una oferta de trabajo incumplida, se actualizará
el acto de discriminación laboral en su perjuicio, lo que dará lugar a una medida reparatoria en su favor.
Ello es así, porque el párrafo tercero del artículo 1o. de la CPEUM considera la inclusión plena y explícita de los de-
rechos humanos y la reparación del daño, al establecer principios, obligaciones y deberes del Estado en la materia
para resarcir tales agravios en la persona que resiente la afectación. Asimismo, para la operación del principio pro
persona en el resarcimiento de los daños, es necesario tener presente la normatividad vinculada a los derechos
humanos y a los derechos de las víctimas, como la Ley General de Víctimas, específicamente sus artículos 4, 6,
fracciones VI, X y XXI, 26 y 64, fracción II, adminiculados con la LFT en sus artículos 2o., 3o., 28-B, 56 y 133 los que,
de un estudio sistemático, concluyen como parte de las conductas prohibidas a la discriminación, como violación
a los derechos humanos, entre los que están los derechos laborales. Dicha transgresión justifica el derecho de las
víctimas a lo siguiente:
Tesis selectas LABORAL
C19
1a. quincena
mayo 2023
Laboral 967.indd 19 17/04/23 17:19

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