Acuerdo de la Directora General del ISSSTE, por el que se expide el Manual de Integración y Funcionamiento de los Subcomités Institucional y Desconcentrado de Revisión de Bases

EmisorInstituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

ACUERDO de la Directora General del ISSSTE, por el que se expide el Manual de Integración y Funcionamiento de los Subcomités Institucional y Desconcentrado de Revisión de Bases.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Dirección General.

ACUERDO DE LA DIRECTORA GENERAL DEL ISSSTE, POR EL QUE SE EXPIDE EL MANUAL DE INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS SUBCOMITES INSTITUCIONAL Y DESCONCENTRADO DE REVISION DE BASES.

SOCORRO DIAZ, Directora General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con fundamento en los artículos 163 fracción VI de la Ley del ISSSTE, y 21 fracción VII del Estatuto Orgánico del propio Instituto, y

CONSIDERANDO

Que el Programa de Desregulación del Marco Jurídico Institucional y el Programa Institucional de Modernización Administrativa , son programas prioritarios del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, cuyos avances deberán plasmarse en ordenamientos internos que promuevan la eficacia y la transparencia de su operación.

Que en materia de adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y contratación de servicios de cualquier naturaleza, los ordenamientos legales y disposiciones administrativas que regulan estos actos, deben responder a los principios de simplificación administrativa y racionalidad, de tal forma que se asegure el cumplimiento de los principios de eficiencia, eficacia y honradez en la administración de recursos que se destinen a esas operaciones.

Que de conformidad con lo que establece el numeral 9.7. de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Prestación de Servicios de Cualquier Naturaleza, excepto los relacionados con obra pública del Instituto, las bases de licitación serán revisadas, antes del envío de la convocatoria al Diario Oficial de la Federación, por el Subcomité que al efecto constituya el Comité Institucional o el Comité Desconcentrado de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, en su caso.

Que el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios en su octava sesión extraordinaria celebrada el 4 de diciembre de 1998, por Acuerdo número 202-A/98 aprobó la Constitución del Subcomité Institucional de Revisión de Bases. Asimismo, los Comités Desconcentrados de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra...

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