Posibilidad de realizar el pago diferido de finiquitos e indemnizaciones
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Soy el contador general de una empresa dedicada a la fabricación de muebles.
A lo largo del año, la empresa ha atravesado por una situación económica difícil, por lo que en noviembre se decidió liquidar una parte del personal.
Debido a que el personal del que se prescindió es numeroso, el monto de las indemnizaciones por solventar fue alto. A pesar de esto, y de la crisis financiera de la empresa, se intenta cumplir con las obligaciones laborales, ya que no se quiere afectar a los trabajadores, por lo que se pensó en la posibilidad de realizar el pago de forma diferida.
Sin embargo, se desea saber si es legal realizar el pago de esa manera.
Lector de Imuris, Sonora
Pregunta
¿Es posible realizar el pago diferido de finiquitos e indemnizaciones laborales?
Respuesta
Sí. Aun cuando la Ley Federal del Trabajo (LFT) no regula de manera específica el hecho de realizar pagos diferidos de pasivos laborales, sí se prevé la posibilidad de celebrar convenios con los trabajadores para modificar algunas condiciones; en este caso, la manera de pagar finiquitos e indemnizaciones.
Así, podrá acordarse con los trabajadores que dejarán de laborar en la empresa, la posibilidad del pago diferido de las obligaciones, atendiendo siempre lo establecido en los artículos 33 y 987 de la LFT, y considerando que es nula la renuncia que los trabajadores hagan de los salarios devengados, de las indemnizaciones y de cualquier prestación que derive de los servicios...
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