Dictamen

15 de noviembre de 2016 Página 3
HONORABLE ASAMBLEA.
La “LIX” Legislatura encargó a la Comisión Legislativa de Derechos Humanos, realizar el procedimiento dispuesto en la Ley
de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, para elegir o reelegir, a dos Consejeros del Consejo
Consultivo de la Comisión de Derechos Humanos, consultando a diez organizaciones no gubernamentales y a diez
instituciones académicas, y, concluida la tarea, presentar a la Legislatura las ternas para cada uno de los cargos.
Con sujeción al procedimiento correspondiente y con sustento en lo dispuesto en los artículos 68, 70, 72 y 82 de la Ley
Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, en relación con lo establecido en los artículos 13 A
fracción XIII inciso c), 70, 73, 78, 79 y 80 del Reglamento de este Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México,
y para efecto de lo previsto en el artículo 39 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, los
integrantes de la Comisión Legislativa de Derechos Humanos, nos permitimos someter a la Legislatura en Pleno el
siguiente:
D I C T A M E N
ANTECEDENTES.
En su oportunidad, el Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, comunicó a la Legislatura
que, la Dra. en D. Luz María Consuelo Jaimes Legorreta y la C.P. Martha Doménica Naime Atala, terminan su primer
período, el 29 de octubre del año en curso, y pidió el ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales de la Legislatura
para elegir dos nuevos consejeros, para sustituir a quienes concluyen o, en su caso, reelegirlos para un segundo período.
Así, la “LIX” Legislatura, en sesión plenaria celebrada el 20 de octubre del año en curso, acordó que la Comisión Legislativa
de Derechos Humanos sustanciará el procedimiento establecido en la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado
de México, consultando a diez organizaciones no gubernamentales y a diez instituciones académicas, a efecto de que
realizaran propuestas, para su análisis por la propia Comisión Legislativa, que, al concluir su encomienda, sometiera, a la
Legislatura en Pleno, ternas para los dos cargos.
En este contexto, la Comisión Legislativa de Derechos Humanos, en estricto cumplimiento de lo acordado por la Legislatura,
determinó un procedimiento para favorecer la consulta de diez organizaciones no gubernamentales y diez instituciones
académicas, para elegir o, en su caso, reelegir, a dos Consejeros del Consejo Consultivo de la Comisión de Derechos
Humanos del Estado de México, destacando, del procedimiento los puntos siguientes:
1.- En reunión de la Comisión Legislativa de Derechos Humanos cada integrante asistente propuso dos organizaciones no
gubernamentales y dos instituciones académicas.
2.- Las diez organizaciones no gubernamentales y las diez instituciones académicas, fueron consultadas y formularon sus
propuestas en la forma que a continuación se indica:
CONSEJEROS CIUDADANOS DEL CONSEJO CONSULTIVO DE LA
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO
Institución Académica
Propuesta
1
Universidad Estatal del Valle de Ecatepec.
Dr. en D. Alfonso Velázquez Estrada.
2
Universidad de Ecatepec.
Lic. en D. Justino Reséndiz Quezada.
3
Tecnológico de Estudios Superiores de
Coacalco.
Dra. Luz María Consuelo Jaimes Legorreta.
4
Instituto de Estudios Superiores de Jilotepec.
Lic. en D. Justino Reséndiz Quezada.
5
Universidad Digital del Estado de México.
Dra. Luz María Consuelo Jaimes Legorreta y del
Lic. Marco Antonio González Castillo.
6
Universidad del Valle de Toluca.
Lic. en D. Justino Reséndiz Quezada.
7
UAEM. Tenancingo
Dra. Luz María Consuelo Jaimes Legorreta.
8
Tecnológico de Estudios Superiores de San
Felipe del Progreso.
Lic. Joaquina Martínez Pérez y Mtra. Estela
González Contreras.

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