Dictámen

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I O de abril de 2015
EDEL G
O EL IE PJ tr=e
El Gobierno Estatal ha realizado importantes esfuerzos para garantizar el derecho a la seguridad y a la justicia por medio de
la seguridad ciudadana y de la procuración e impartición de justicia, colocando como eje central de su atención a la persona,
asegurando el ejercicio de la población, sus libertades y derechos fundamentales.
El 26 de enero de 2015 mediante Decreto Número 394 de la "LVIII" Legislatura del Estado de México, se publicaron en el
periódico oficial "Gaceta del Gobierno" reformas al Código Penal del Estado de México, al Código de Procedimientos
Penales para el Estado de México y a la Ley de Seguridad del Estado de México, con el objeto entre otros de sancionar a
quienes conduzcan o utilicen un vehículo sin las placas de circulación o la tarjeta de circulación.
En ese sentido, el Artículo Segundo Transitorio prevé que la vigencia de la reforma al párrafo tercero del artículo 193 del
Código Penal del Estado de México, por el que se impone de tres meses a un año de prisión al que maneje o utilice un
vehículo de motor sin ambas placas de circulación o la autorización para circular, la cual, entrará en vigor a los seis meses
posteriores a la publicación del Decreto referido.
Es importante señalar que en el Estado de México, se ha reducido la incidencia delictiva, esto gracias a los operativos y
estrategias que se han implementado, endureciendo las penas y las sanciones en contra de los enemigos que atentan
contra la sociedad mexiquense, en este sentido, se han disminuido los delitos de más alto impacto, producto de las reformas
que se han aplicado.
Se ha tenido reportes de vehículos sospechosos sin placas que son utilizados por delincuentes, que se aprovechan para
delinquir, en virtud de que únicamente es una sanción administrativa, que solo consiste en pagar.
En este contexto, formulé esa iniciativa, como una medida para inhibir que los delincuentes usaran vehículos sin placas,
como ocurre en la mayoría de los casos. Sin embargo, el 11 de marzo en Villa Victoria, referí que estaba consciente que la
medida generó polémica, que estaba dispuesto a escuchar todas las voces y de ser necesario, derogar esta reforma que
entraría en vigor en julio.
Tras escuchar a la ciudadanía y a diversos sectores de la población, he instruido al Secretario General de Gobierno que
presente al Congreso una iniciativa que derogue las modificaciones al artículo 193 del Código Penal y que la falta de placas
y tarjeta de circulación, sea sancionada administrativamente, reformando el Reglamento de Tránsito del Estado. También
instruí al gabinete de seguridad replantear estrategias para combatir a los delincuentes que ocupan autos para cometer
fechorías. No les daremos tregua. Seguiremos trabajando para tener mexiquenses mejor protegidos.
En estricta observancia a lo dispuesto en los artículos 80 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, este instrumento se encuentra debidamente
refrendado por el Secretario General de Gobierno del Estado de México, José S. Manzur Quiroga.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esa H. Soberanía Popular, la presente Iniciativa, para que,
de estimarla correcta, se apruebe en sus términos.
Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
(RÚBRICA).
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ S. MANZUR QUIROGA
(RÚBRICA).
HONORABLE ASAMBLEA

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