Diario Oficial de la Federación de 27/10/2023 (Contenido completo) Edición Matutina

Fecha de publicación27 Octubre 2023
SecciónContenido Completo
No. de edición del mes: 25 Ciudad de México, viernes 27 de octubre de 2023
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Marina
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Economía
Secretaría de Educación Pública
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Servicio Postal Mexicano
Consejo Nacional de Fomento Educativo
Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social
para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR)
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Instituto Federal de Telecomunicaciones
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Avisos
Indice en página 324
2 DIARIO OFICIAL Viernes 27 de octubre de 2023
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de Gobernación, a través de la Comisión
Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, el Estado de Baja California Sur, y el Instituto
Sudcaliforniano de las Mujeres, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado
R-2023-089, referente al Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de
Género, sus Hijas e Hijos, para el ejercicio fiscal 2023.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.-
Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR
CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ
“GOBERNACIÓN”, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA
LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA “CONAVIM”, REPRESENTADA POR SU TITULAR MA FABIOLA ALANÍS
SÁMANO; Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
BAJA CALIFORNIA SUR, EN LO SUCESIVO EL “GOBIERNO DEL ESTADO” A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA
DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, EN ADELANTE LA “SECRETARÍA”, REPRESENTADA POR LA SECRETARIA DE
FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, BERTHA MONTAÑO COTA, Y EL INSTITUTO SUDCALIFORNIANO DE LAS MUJERES,
EN ADELANTE EL “REFUGIO” REPRESENTADO POR LA DIRECTORA GENERAL, IRENE BERENICE SERRATO
FLORES; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ, “LAS PARTES”, AL TENOR DE
LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CONSTITUCIÓN), consagra en su artículo 1o.
que, todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados
internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías par a su protección, cuyo
ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que la Constitución
establece. Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la
CONSTITUCIÓN y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas
la protección más amplia.
Asimismo, que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover,
respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad,
interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, inve stigar,
sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
Por su parte, el artículo 4o. de la CONSTITUCIÓN dispone que toda persona tiene derecho a un medio
ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho.
En ese tenor, el Gobierno Federal crea el Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres
Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, como parte de una política pública integral con
perspectiva de género, enfoque de derechos humanos e interculturalidad y visión de interseccionalidad que
prevenga, atienda, sancione y erradique las violencias contra las mujeres.
En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sa ncionar y Erradicar
la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y moral de la
mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de entidades del
sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la muj er objeto
de violencia, inclusive refugios, servicios de orientación para toda la familia y, el cuidado y custodia de los
menores afectados.
En el ámbito nacional, la Ley General de Víctimas, establece en su artículo 114, fracciones I, VIII y IX que
corresponde al Gobierno Federal, dentro de su ámbito de competencia, garantizar el ejercicio pleno de los
derechos de las víctimas; celebrar convenios de cooperación, coordinación y concertación en la materia, y
coadyuvar con las instituciones públicas o privadas dedicadas a la atención de víctimas; en términos de lo
establecido en los artículos 8, fracción VI, 42, fracción VIII, 50, fracción VII, 51, fracción IV, 52, fracciones VI y
VIII, 54, 55, 56, 57, 58 y 59 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; 15 Bis,
fracción III y 65 de su Reglamento; favorecer la instalación y el mantenimiento de refugios para las víctimas de
violencia y sus hijas e hijos; ejecutar y dar seguimiento a las acciones del Program a, con la finalidad de
evaluar su eficacia y rediseñar las acciones y medidas para avanzar en la eliminación de la violencia contra
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las mujeres; apoyar la creación, operación o el fortalecimiento de refugios para las víctimas, sus hijas e hijos;
proporcionar un refugio seguro a las víctimas; contar con un refugio, mientras lo necesite; en los casos de
violencia familiar, las mujeres que tengan hijas y/o hijos podrán acudir a l os refugios con éstos; todas aquellas
inherentes a la prevención, protección y atención de las personas que se encuentren en ellos.
Este Programa cuenta con el presupuesto de operación para el Ejercicio Fiscal 2023, de conformidad con
lo establecido en el artículo Vigésimo Primero del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio
Fiscal 2023, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre del 2022, el cual asciende a la
cantidad de $463,315,814.00 (Cuatrocientos sesenta y tres millones trescientos quince mil ochocientos
catorce pesos 00/100 M.N).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los
subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y
temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros: i) identificar con precisión a la pobl ación objetivo;
ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las
modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y
iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de
las siguientes:
DECLARACIONES
I. “GOBERNACIÓN” declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los
artículos 90 de la CONSTITUCIÓN; 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernaci ón
(RISEGOB).
I.2. La “CONAVIM” es un órgano administrativo desconcentrado de “GOBERNACIÓN”, de conformidad
con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y el Decreto por el que se crea
como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión
Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de
junio de 2009.
I.3. La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres Ma Fabiola
Alanís Sámano, cuenta con las facultades para la suscripción del presente Convenio de
Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 115, fracción V y 151 del RISEGOB.
I.4. Para dar cumplimiento al presente Conve nio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos
económicos suficientes en la partida presupuestal 43401, relativa a Subsidios a Entidades
Federativas y Municipios, con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 00410.
I.5. Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, piso 5, Colonia
Narvarte, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
II. La “SECRETARÍA”, declara que:
II.1. Con fundamento en los artículos 40, 41, primer párrafo, 42, fracción I, 43 y 116 de la
California Sur, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y
población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano,
representativo y popular.
II.2. La Secretaria de Finanzas y Administración, Bertha Montaño Cota, acredita su personalidad con el
nombramiento expedido a su favor el 10 de septiembre de 2021, por el Gobernador Constitucional
del Estado de Baja California Sur, Víctor Manuel Castro Cosío; y cuenta con atribuciones para
suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 79
fracción III y 80 de la ConstituciónPolítica del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur; 16
II.3. Para todos los efectos jurídicos del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, señala como
domicilio legal ubicado en Calle Isabel la Católica sin número, Código Postal 23000, en el Municipio
de La Paz, Estado de Baja California Sur.

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