Diario Oficial de la Federación de 14/05/2014 (Contenido completo)

Tomo DCCXXVIII No. 10 México, D.F., miércoles 14 de mayo de 2014
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Salud
Secretaría de Turismo
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Instituto Nacional Electoral
Avisos
Indice en página 110
$28.00 EJEMPLAR
2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 14 de mayo de 2014
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito
Federal (FASP), que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado
de Puebla.
CONVENIO DE COORDINACI
Ó
N EN LO SUCESIVO “CONVENIO”, DEL FONDO
DE APORTACIONES PARA LA SEGURIDAD P
Ú
BLICA DE LOS ESTADOS Y DEL
DISTRITO FEDERAL, EN LO SUCESIVO “FASP”.
FECHA
CIUDAD DE M
É
XICO, DISTRITO
FEDERAL, A LOS DIECISIETE
D
Í
AS DEL MES DE FEBRERO DE
DOS MIL CATORCE.
PARTICIPANTES:
EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL
DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO “EL SECRETARIADO”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL
C. MONTE ALEJANDRO RUBIDO GARCÍA, Y EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
PUEBLA, EN LO SUCESIVO “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR
CONSTITUCIONAL, EL C. RAFAEL MORENO VALLE ROSAS, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL
DE GOBIERNO, EL C. LUIS MALDONADO VENEGAS, EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO ESTATAL DE
COORDINACI
Ó
N DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD P
Ú
BLICA, EL C. JUAN DE LA CERDA HERMIDA, EL
SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACI
Ó
N, EL C. ROBERTO JUAN MOYA CLEMENTE, EL PROCURADOR
GENERAL DE JUSTICIA, EL C. VÍCTOR ANTONIO CARRANC
Á
BOURGET, EL SECRETARIO DE SEGURIDAD
P
Ú
BLICA, EL C. FACUNDO ROSAS ROSAS, Y LA ENCARGADA DEL DESPACHO DE LA SECRETAR
Í
A DE LA
CONTRALORÍA, LA C. MARÍA CATALINA DAZA HERNÁNDEZ.
A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO “LOS PARTICIPANTES”.
MARCO LEGAL VIGENCIA
LOS PARTICIPANTES PROTESTARON CUMPLIR Y HACER
CUMPLIR EN EL
Á
MBITO DE SUS RESPECTIVAS
COMPETENCIAS, EL MARCO JUR
Í
DICO VIGENTE APLICABLE AL
PRESENTE “CONVENIO”, RAZ
Ó
N POR LA CUAL SE OBLIGAN A
ÉL COMO SI ESTUVIERA INSERTO A LA LETRA EN ESTE
DOCUMENTO, CON TODOS LOS EFECTOS LEGALES Y
ADMINISTRATIVOS CONDUCENTES.
INICIA EN LA FECHA DE SUSCRIPCI
Ó
N Y
CONCLUYE CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS
ACCIONES PACTADAS EN EL ANEXO
T
É
CNICO Y SUS RESPECTIVAS
REPROGRAMACIONES.
OBJETO
QUE A TRAVÉS DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS POR EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACI
N
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014, COMPLEMENTADOS CON LA APORTACI
Ó
N DE “LA ENTIDAD FEDERATIVA”,
LA MISMA EST
É
EN CONDICIONES DE ATENDER CON OPORTUNIDAD LOS ACUERDOS, RESOLUCIONES,
LINEAMIENTOS, ESTRATEGIAS Y POL
Í
TICAS, EN EL MARCO DE LOS PROGRAMAS CON PRIORIDAD NACIONAL
APROBADOS POR EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD P
Ú
BLICA, CON BASE EN LO PRECEPTUADO POR
EL PÁRRAFO DÉCIMO DEL ARTÍCULO 21 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS Y LOS ARTÍCULOS 44 Y 45 DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL.
ENTERADOS “LOS PARTICIPANTES” DEL CONTENIDO DEL PRESENTE “CONVENIO”, INTEGRADO POR
CAR
Á
TULA, DECLARACIONES Y CL
Á
USULAS, LO SUSCRIBEN EN CUATRO EJEMPLARES, SIN QUE EXISTA
DOLO, LESIÓN, ERROR, MALA FE O CUALQUIER OTRO VICIO DEL CONSENTIMIENTO QUE PUDIERA
INVALIDARLO.
Por el Secretariado: el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Monte Alejandro
Rubido García.- Rúbrica.- Por la Entidad Federativa: el Gobernador Constitucional del Estado Libre y
Soberano de Puebla, Rafael Moreno Valle Rosas.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Luis
Maldonado Venegas.- Rúbrica.- El Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Coordinación del Sistema
Nacional de Seguridad Pública, Juan de la Cerda Hermida.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y
Administración, Roberto Juan Moya Clemente.- Rúbrica.- El Procurador General de Justicia, Víctor Antonio
Carrancá Bourget.- Rúbrica.- El Secretario de Seguridad Pública, Facundo Rosas Rosas.- Rúbrica.-
La Encargada del Despacho de la Secretaría de la Contraloría, María Catalina Daza Hernández.- Rúbrica.
Miércoles 14 de mayo de 2014 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3
DECLARACIONES
I. DECLARA “EL SECRETARIADO”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
I.1 Es un órgano administrati vo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del Sistema
Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con el
artículo 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente “Le y General”, 2,
apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 1 del Reglamento
del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
I.2 Fue designado por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional
de Seguridad Pública, ratificado por el Senado de la República el 20 de marzo de 2013, de conformidad con
los artículos 17, párrafo segundo, de la “Ley General”; 27, párrafo último de la Ley Orgánic a de la
Administración Pública Federal.
I.3 Está facultado para suscribir el “CONVENIO” de acuerdo a lo preceptuado por los artículos 18,
fracciones VII y XXV de la “Ley General”; 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento Interior de l a
Secretaría de Gobernación; y, 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema
Nacional de Seguridad Pública.
I.4 Para todos los efectos legales relacionados con el “CONVENIO”, señala como domicilio el ubicad o en
avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, colonia Nueva Anzures, Dele gación Miguel Hidalgo,
Código Postal 11590, México, Distrito Federal.
I.5 Para efectos de operación y seguimiento del “FASP” design a a la Dirección General de Vinculación y
Seguimiento, sita en: avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 1, colonia Nueva A nzures,
Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, Distrito Federal.
II. DECLARA “LA ENTIDAD FEDERATIVA”, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
II.1 Asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a partir del 1
de febrero de 2011; cuenta con facultades para celebrar el “CONVENIO”; en términos de los artículos 39,
apartado B, fracciones I y II de la “Ley General”, 70 y 79 fracciones I, II y XVI de su Constitución; 2, 9 y 11 de
la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 8 fracción I, 13 fracción I, 16 fracción VII
de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Puebla, y demás disposiciones aplicables.
II.2 Es parte integrante del Estado M exicano, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su
régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular, como lo preceptúan los
artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1
II.3 El Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, el C. Rafael Moreno Valle
Rosas, se asistirá del Secretario General de Gobierno, el C. Luis Maldonado Venegas, el Secretario Ejecutivo
del Consejo Estatal de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el C. Juan de la Cerda
Hermida, el Secretario de Finanzas y Administración, el C. Roberto Juan Moya Clemente, el Procurador
General de Justicia, el C. Víctor Antonio Carrancá Bourget, el Secretario de Seguridad Pública, el C. Facundo
Rosas Rosas y la Encargada del Despacho de la Secretaría de la Contraloría, la C. María Catalina Daza
Hernández; todos ellos facultados para suscribir el presente “CONVENIO” conforme a los artículos 14,
párrafos primero y tercero, 17, fracciones I, II, IV, XII y XV, 19, 34, fracción I, 35, fracciones I, IV, VI y XXXIV,
37, fracción XXII, 45, fracción XII, 48, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII y XXXI, 50 y 51 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Puebla; 4, 5 y 8 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de
Justicia del Estado de Puebla, 8 fracciones II, III y IV, y 13, fracciones II, III, IV y V de la Ley de Seguridad
Pública del Estado de Puebla; 35 de la Ley de Entidades Paraestatales, 1, 3, 6, 9 y 12, fracciones XIII, XVI y
XVIII del Decreto del Ejecutivo del Estado por el que crea el “Consejo Estatal de Coordinación del Sistema
Nacional de Seguridad Pública”; 1, 8 y 9 del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno; 3, 4
fracción I y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración; 5 del Reglamento Interior
de la Secretaría de Seguridad Pública, y 1, 4, fracción I y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de la
Contraloría.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR