¿Puede determinarse crédito fiscal contra el IETU por la PTU de 2010 pagada a los trabajadores en 2011?

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Trabajo como asistente de contabilidad de una persona moral que tributa en el régimen general de la Ley del ISR, la cual se dedica a la comercialización de juguetes. Entiendo que para efectos del IETU se puede aplicar un crédito fiscal por el pago de salarios y de aportaciones de seguridad social; sin embargo, tengo duda si se puede determinar dicho crédito por la PTU de 2010 pagada a los trabajadores en 2011.

Lector de Puebla, Puebla

" Pregunta

¿Puede determinarse crédito fiscal contra el IETU por la PTU de 2010 pagada a los trabajadores en 2011?

Respuesta

Los artículos 8o. y 10 de la Ley del IETU, en sus párrafos penúltimo y último, estipulan lo siguiente (énfasis añadido):

8o . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Por las erogaciones efectivamente pagadas por los contribuyentes por los conceptos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como por las aportaciones de seguridad social a su cargo pagadas en México, los contribuyentes acreditarán la cantidad que resulte de multiplicar el monto de las aportaciones de seguridad social a su cargo pagadas en el ejercicio fiscal de que se trate y los ingresos gravados que sirvan de base para calcular el impuesto sobre la renta de cada persona a la que paguen ingresos por los conceptos a que se refiere el citado Capítulo I en el mismo ejercicio, por el factor de 0.175 . El acreditamiento a que se refiere este párrafo deberá efectuarse en los términos del segundo párrafo de este artículo.

Lo dispuesto en el párrafo anterior, será aplicable siempre que los contribuyentes cumplan con la obligación de enterar las retenciones a que se refiere el artículo 113 de la Ley del Impuesto sobre la Renta o tratándose de trabajadores que tengan derecho al subsidio para el empleo, efectivamente se entreguen las cantidades que por dicho subsidio corresponda a sus trabajadores.

10 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Por las erogaciones efectivamente pagadas por los contribuyentes por los conceptos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como por las aportaciones de seguridad social a su cargo pagadas en México, los contribuyentes acreditarán la cantidad que resulte de multiplicar el monto de las aportaciones de seguridad social a su cargo pagadas en el periodo al que corresponda el pago provisional y los ingresos gravados que sirvan de base para calcular el impuesto sobre...

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