Se publica jurisprudencia de la Segunda Sala de la SCJN conforme a la cual, la despensa otorgada en efectivo no es previsión social

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En nuestra revista 471, correspondiente a la tercera decena de mayo de 2007, en la secciÛn "Tesis selectas", analizamos un criterio jurisprudencial dictado por la Segunda Sala de la SCJN en el que se considera que la despensa otorgada en efectivo no es previsiÛn social, ya que tiene un destino indefinido, es decir, no necesariamente el trabajador utilizar· la remuneraciÛn correspondiente para adquirir productos de la canasta b·sica. En este sentido, el criterio referido no otorga un trato igual a la despensa otorgada en efectivo y...

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