Acuerdo número 14/2006, de siete de septiembre de dos mil seis, del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el que se determina el procedimiento para la designación del Consejero de la Judicatura Federal que ocupará el cargo del primero de diciembre de dos mil seis al treinta de noviembre de dos mil once

Fecha de disposición11 Septiembre 2006
Fecha de publicación11 Septiembre 2006
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
SecciónPRIMERA. Poder Judicial

ACUERDO número 14/2006, de siete de septiembre de dos mil seis, del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el que se determina el procedimiento para la designación del Consejero de la Judicatura Federal que ocupará el cargo del primero de diciembre de dos mil seis al treinta de noviembre de dos mil once.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.

ACUERDO NUMERO 14/2006, DE SIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL SEIS, DEL TRIBUNAL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION, EN EL QUE SE DETERMINA EL PROCEDIMIENTO PARA LA DESIGNACION DEL CONSEJERO DE LA JUDICATURA FEDERAL QUE OCUPARA EL CARGO DEL PRIMERO DE DICIEMBRE DE DOS MIL SEIS AL TREINTA DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE.

CONSIDERANDO:

PRIMERO. Por decreto del treinta de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre del mismo año, se realizaron diversas reformas constitucionales al Poder Judicial de la Federación; en ellas se creó el Consejo de la Judicatura Federal, al que se encomendó la administración, vigilancia y disciplina del mismo, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como la instrumentación de la carrera judicial;

SEGUNDO. Por decreto de nueve de junio de mil novecientos noventa y nueve, publicado en el Diario Oficial de la Federación de once de junio del mismo año, se reformaron, entre otros, el párrafo segundo del artículo 100 de la Constitución, para quedar en los siguientes términos: "El Consejo se integrará por siete miembros de los cuales, uno será el presidente de la Suprema Corte de Justicia, quien también lo será del consejo; tres consejeros designados por el Pleno de la Corte, por mayoría de cuando menos ocho votos, de entre los Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito ..."; así como el párrafo quinto del propio precepto constitucional, para establecer: "Salvo el presidente del consejo, los demás consejeros durarán cinco años en su cargo, serán sustituidos de manera escalonada, y no podrán ser nombrados para un nuevo periodo.";

TERCERO. En la exposición de motivos de la iniciativa de la reforma mencionada en el considerando que antecede sobre la cuestión aludida se sostuvo que "... sea el Pleno de la Suprema Corte con una mayoría mínima de ocho votos, quien lleve a cabo la designación de los Jueces o Magistrados que deben fungir como integrantes del consejo" y que el hecho de que sea el órgano supremo del Poder Judicial el que designe a estas personas garantiza sin lugar a dudas el que las mismas contarán con una sólida reputación en sus labores judiciales y permitirá identificar a aquéllas que cuenten con la experiencia o las habilidades necesarias para realizar funciones administrativas. De igual forma, en el dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores, se consignó que "... la elección debe ser de entre los mejores Jueces o Magistrados con que cuente el Poder Judicial de la Federación".

CUARTO. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo transitorio del decreto mencionado en el considerando segundo de este Acuerdo, y con apoyo en los artículos 94 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el numeral 11, fracciones IX y XXI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación este Tribunal Pleno emitió los acuerdos 4/1999, 7/1999 y 8/1999 de once, veintidós y veintinueve de junio de mil novecientos noventa y nueve, respectivamente, en los que determinó el procedimiento para la designación de tres consejeros de la Judicatura Federal, la que se efectuó en la sesión pública solemne celebrada el cinco de julio siguiente, y recayó en los señores Magistrados Adolfo Octaviano Aragón Mendía, Jaime Manuel Marroquín Zaleta y José Guadalupe Torres Morales;

QUINTO. En virtud de que el periodo asignado para el señor Magistrado Adolfo Octaviano Aragón Mendía vencerá el próximo treinta de noviembre de dos mil seis, debe...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR