Desarrolladores habitacionales en el DF. Se condona el 100% de diversos derechos y aprovechamientos

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En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 7 de abril, se publicó la Resolución de carácter general mediante la cual se condona el pago de los derechos y aprovechamientos que se indican, cuya vigencia es del 8 de abril al 31 de diciembre de 2011.

La resolución tiene por objeto condonar a las personas físicas y morales que construyan desarrollos habitacionales financiados por las entidades de la Administración Pública Local del DF, el 100% del pago de los siguientes derechos y aprovechamientos:

Derecho o aprovechamiento Artículo del Código Fiscal del Distrito Federal
Por la instalación, reconstrucción, reducción o cambio de lugar de tomas para suministrar agua potable o agua residual tratada y su conexión a las redes de distribución del servicio público. 181
Por la autorización para usar las redes de agua y drenaje o modificar las condiciones de uso, así como por el estudio y trámite, que implica esa autorización. 182
Pago por concepto de aprovechamientos para que la autoridad competente rea-lice las acciones necesarias para prevenir, mitigar o compensar las alteraciones o afectaciones al ambiente y los recursos naturales. 300
Pago por concepto de aprovechamientos para que la autoridad competente rea-lice las acciones para prevenir, mitigar o compensar los efectos del impacto vial. 301
Pago por concepto de aprovechamientos por cada metro cuadrado de construcción nueva o de ampliación, a efecto de que el Sistema de Aguas de la Ciudad de México realice las obras necesarias para estar en posibilidad de prestar los servicios relacionados con la
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