Derechos humanos y pluralismo. Una crítica a la universalidad objetiva

AutorSergio Martín Tapia Argüello
CargoProfesor de la Escuela de Derecho de la Universidad Motolinía del Pedregal y de la Facultad de Derecho de la UNAM
Páginas93-110
93
Derechos humanos y plu ralismo… pp . 93- 110
Derechos humanos y pluralismo.
Una crítica a la universalidad objetiva*
Sergio Martín Tapia Argüello**
Soy hombre: duro poco y es enor me la noche.
Pero miro hacia arriba: las est rellas escriben.
Sin entender compren do: también soy escritura
y en este mismo instante algu ien me deletrea.
Octavio Paz, Hermandad
Sumario: / I. Conside raciones iniciales / II. Los derecho s humanos /
III. Universalid ad y derechos humanos / IV. Las reformas en México /
V. Conclusiones / Fuentes de consulta
* Texto elaborado gracia s al Premio de Investigación “D olores Echeverría” 2014 de la Universidad Moto -
linía del Pedre gal.
** Profesor de la Escuela de D erecho de la Universidad Motoli nía del Pedregal y de la Faculta d de Derecho
de la UNAM.
El presente trabajo des arrolla una crítica
al concepto “derechos hu manos” tal
y como se le entiende a través de la s
teorías tr adicionales del derecho. Para
ello, desarrolla u n breve estudio histórico
sobre sus fund amentos y prerrequisitos
de existencia, con lo que s e intenta
demostrar que c ontrario a lo que se asume
comúnmente, est amos ante una categoría
histórica. Al h acer esto, es posible observar
que muchos intentos objetiv istas de
establecer el fu ndamento de los derechos
humanos en necesid ades o esencias, parten
de un intento de est ablecer a través de ellos,
relaciones de dominación. Finalmente, se
establece un ace rcamiento a la manera en que
esta categoría se rela ciona con los sistemas
normativos indígen as en nuestro país para
demostrar, a tr avés de un ejemplo delimitado,
estas relaciones y u n argumento concreto en
contra de ellas.
This paper de velops a critique of the
concept of “ human rights” as it is
understood by t raditional theories
of law. To do this, develop a brief
historical sur vey on the fundamentals
and prerequisites of existence ,
which we tried to dem onstrate
that contrar y to what is commonly
assumed, this is a historical category.
By doing this, we can see tha t many
objectivist atte mpts of establish the
foundation of hu man rights in needs
or essences, Ba sed on this attempt
by establish through th em, relations
of domination. Fin ally, establish an
approach to the way in wh ich this
category is rela ted to indigenous
normative sy stems in our country
to demonstrate , through a delimited
example, these re lations and a
concrete argument against them.
94 alegatos, núm. 89, México, enero/abril de 2015
Sección Doctrina
I. Consideraciones iniciales
A través de las siguientes páginas, desar rollaré una visión sobre la naturaleza de
los derechos humanos como procesos abiertos y en constante reconguración. Para
algunos, decir esto puede sonar como una obviedad, pues nadie podría negar que
la sociedad se transforma, en ocasiones de forma total e intempestiva, en otras de
manera lenta y progresiva, y que eso incluye al derecho, los derechos y la manera en
que nosotros nos relacionamos a través de ellos.
No obstante la aceptación generalizada de est a idea, que podríamos decir resulta
incluso de sentido común, existen no pocas visiones que establecen la necesidad,
para aproximarnos al est udio de esa realidad que reconocen como mutable, de cate-
gorías jas y clausuradas.1
En diversos trabajos he mencionado ya algunas razones por las que asumo, esta
forma de abordar el estudio de lo social no es solamente incongr uente, sino que ade-
más contiene errores insalvables.2 En el presente artículo, realizaré una crítica pun-
tual a la manera en que estas visiones se materializan en el estudio de los derechos.
El primer paso para lograr esto, consiste en dejar a un lado las posturas univocistas
que encuentran en los derechos, ya sean estos humanos, f undamentales o categorías
similares, ya sea la panacea democrática por excelencia,3 o bien manifestaciones de
una dominación omnipresente e insalvable que no permite forma alguna de libera-
ción.4
Al contrario de estas formas de acercarse al fenómeno, en el presente trabajo
partiremos de una visión crítica del derecho y los derechos humanos,5 lo que, como
ya he mencionado inicia por considerar a estos conceptos como abiertos. C onsiderar
que cuando hablamos del derecho hacemos referencia a un término abierto, signica
aceptar que la jeza monolítica con la que el derecho moderno se presenta no es
más que un mito.6 Es claro que se trata de un mito estructurado de forma adecuada
1 Así, por ejemplo, P. I. Stucka decía, record ando la famosa fr ase de Kant al respe cto, que cuando los
estudiosos del de recho buscaban denirlo, te nían además la pretensió n de que el concepto se formara de
una vez y para siempr e. Cfr. Stucka, P. I., La función revolucionar ia del derecho y el estado, Barcelona,
Pení nsul a, 1974.
2 Cfr. e. g., Tapia Argüello, Sergio Mar tín, “Evolución y derecho”, en Navas, M arco, Crítica jur ídica,
Quito, Universid ad de los Andes.
3 Luigi Ferrajoli, “Derecho fu ndamentales”, en Dere chos y garantías. L a ley del más débil, Madrid,
Trotta, Es desde m i perspectiva, un eje mplo de esto. 1999.
4 Duncan Ke nnedy, “La crítica de los dere chos en los Critical Legal St udies”, Revista Jurídica de la Uni -
versidad de Paler mo, núm. 47, 2006.
5 Para un a adecuada compre nsión de lo que entiendo como u na visión crítica del der echo, Cfr. Sergio Mar-
tín Tapia Arguello, “ Una breve (y quizá person al) introducción a la cr ítica jurídica”, en Rolando Tamayo
y Salmorán, e t al., Teoría del Derecho y ciencia ju rídica, Análisis y enfoq ue crítico, en prensa .
6 Uno de muchos otros mito s que rodean el surgimiento y la ex istencia misma del derecho. Al re specto,
Cfr. Peter Fitzpatrick , La mitología del derecho m oderno, México, Siglo XXI, 1998.

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