Derecho del trabajo burocrático y derecho social

AutorDr. Rubén Delgado Moya
Páginas48-49

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Lo anterior se debe sin duda alguna al mal planteamiento que se ha hecho con respecto al derecho del trabajo burocrático al pretenderlo encuadrarlo en el derecho administrativo y, por ende, en el derecho público, no obstante que pertenece al derecho social.

Para el caso, se afirma por quienes adoptan esta posición, que el derecho del trabajo burocrático corresponde al derecho administrativo, y por tanto, al derecho público, en virtud de que fundamentalmente lo que lo regula es la figura jurídica del “nombramiento” o “designación”, y no el contrato de trabajo, considerado como tal en términos generales, en primer lugar y en segundo, atendiendo a las funciones que realiza el estado, las cuales, según también afirman, son de naturaleza administrativa y por lo mismo de carácter público.

Sin embargo, se olvida que el derecho del trabajo burocrático, como derecho social que como trabajo del ser humano, conceptuado no como un acto recreativo, sino como una actividad fundamentalmente económica, que se ve obligado a realizar el trabajador en general para vivir decorosamente o por lo menos para poder subsistir como persona humana. Lo que decimos, Cabanellas y Alcalá-Zamora lo avalan en su Tratado de política laboral y social con el irrefutable argumento que sigue: “Para el derecho laboral -esto es, tanto en el derecho del trabajo en general como en el derecho del trabajo burocrático-, por girar todas sus instituciones básicas en torno a la prestación material de los servicios, de la que derivan relaciones jurídicas fundamentales, lo primero es el trabajo.”

Con lo hasta aquí expuesto es más que suficiente para que haya quedado demostrado que es el trabajo humano en la forma en que se ha indicado, lo que hay que analizar de manera especial, para determinar así si éste está amparado por el que sólo contemplan el simple nombramiento o la designación como nexo básico en la relación o en el contrato que se establece entre el trabajador “burócrata“ y el estado.

Comprendiendo lo anterior, tanto el derecho positivo mexicano como una parte de la doctrina nacional, consideran el trabajo de los servidores públicos dentro del derecho del trabajo burocrático, conforme a los términos siguientes: “El originario artículo 123 de la Constitución de 1917, al referirse a los sujetos de derecho del trabajo, denominados ‘empleados’ comprendió dentro de ese concepto tanto a los empleados particulares como a los empleados del Estado, incluyendo los de los...

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