Derecho migratorio

AutorRodrigo García
Páginas34-35
Derecho
migratorio
Impacto de la Reforma en materia de
subcontratación en la migración corporativa en
México.
Rodrigo García
rgarcia@fragomen.com
Tras la publicación en el Diario Oficial de la
Federación el pasado 23 de abril en materia de
subcontratación laboral, muchas son las empresas
que se han visto obligadas a cumplir con la misma,
no siendo ajeno el tema migratorio para aquellas
compañías con personal extranjero en nuestro país.
Al respecto, podemos plantear la siguiente
pregunta. ¿Qué relevancia o impacto tiene dicha
reforma en materia migratoria para las empresas
mexicanas contratantes de personal extranjero?
Como primer punto, es importante recalcar que
bajo esta reforma se prohíbe la subcontratación de
personal; es decir, la transferencia de trabajadores
propios hacia otra empresa y aparecer como
patrones sin tener ninguna actividad productiva.
En este sentido, el Instituto Nacional de
Migración (INM) ha emitido un aviso para personas
físicas y morales que obtengan o actualicen la
Constancia de Inscripción de Empleador, pues
como autoridad encargada de regular la estancia
legal de los extranjeros en México, no solo podrá
cancelar dicha Constancia, sino que coadyuvará
con las demás autoridades en caso de detectar
alguna contravención a dicha reforma, para que
actúen conforme a Derecho.
Por lo anterior, es importante señalar las nuevas
obligaciones que tendrán en materia migratoria las
personas físicas y morales con persona extranjero a
su cargo. Tales obligaciones son:
1. Presentar el aviso de registro como
prestadores de servicios especializados por la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
2. Aunado a la obligación contemplada en la Ley
de Migración respecto a la actualización anual de
la Constancia de Inscripción de Empleador ante el
INM, ahora también se deberá llevar a cabo la
actualización cada 3 años conforme a la obligación
de renovar el aviso de registro ante la STPS
(aplicable únicamente a aquellas compañías que
por objeto social, sean obligadas de registrarse
ante la STPS).
En resumen, será de suma importancia para todas
aquellas personas físicas o morales que
proporcionen servicios de obra especializada o
ejecución de servicios especializados, cumplir con
estas obligaciones ante la autoridad migratoria para
evitar la cancelación de la Constancia de Inscripción
de Empleador, lo que generaría un alto impacto no
solo en cualquier nuevo proceso de visa, sino en su
población actual al no poder solicitar la renovación
de sus residencias, perdiendo por tanto, su
condición migratoria y permiso de trabajo con las
implicaciones que eso conlleva en materia de
cumplimiento al no poder por tanto, continuar en la
nómina de la compañía mientras no regularicen su
situación migratoria.

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