El derecho de extranjería en España

AutorSoledad Torre cuadrada García-Lozano
CargoProfesora de Derecho Internacional Público y Derecho Comunitario de la Universidad Autónoma de Madrid
Páginas67-86
El derecho de extranjería en España
Soledad Torre cuadrada García-Lozano*
España históricamente se caracterizó por ser un país de emigrantes y no
de inmigrantes; la relación se ha invertido en épocas recientes, y ha
generado en amplios sectores sociales ygubernamentales un interés
especial por el tema. Este estudio analiza los compromisos asumidos
internacionalmente por España y el posible condicionamiento que estos
generen en la política de inmigración española. Para ello la autora analiza
la situación de competencia en la que están inmersos los países europeos,
los actos jurídicos realizados en el ámbito comunitario europeo y aquellos
otros realizados en el ámbito español.
Spain has historically characterized itself by being an emigrant country; not
an i
mmigrant one. However, the relation has recently inverted, generating
special interest amid social and govenment sectors. This study analyzes the
commitments assumend internationally by Spain, and the possible
conditionings these generate in the Spanish im
migration policy. For this
purpose, the author analyzes the situation of competence European
countries are immersed in, the juridic acts that have been carried out in the
European Community and those carried out in Spain.
Sumario: 1. Introducción. / II. Derecho internacional y comunitario:
A. Compromisos internacionalmente asumidos por España en el ámbito de la inmigración. /
B. La inmigración en la Unión Europea. /1. Diversidad de regímenes jurídicos en la Unión Europea. /
2. Aspectos competenciales de la Unión Europea en materia de inmigración. /
III. La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social
¿La ley efímera? / A. Contenido de la ley. /1. Derechos y libertades de los extranjeros en España. /
2. Régimen jurídico de las situaciones de los extranjeros en España. /
3. De las infracciones en materia de extranjería y su régimen sancionados /
4. Coordinación de los poderes públicos en materia de inmigración. / B. Controversia acerca de la ley. / IV. Conclusiones.
1. Introducción
La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y
libertades de los extranjeros en España y su integración
social, entró en vigor el 1 de marzo de 2000 y, desde antes
de producirse su adopción, las autoridades españolas -
de
forma significativa, el Ministerio del Interior-
se oponían a la
promulgación del texto finalmente vigente, en el que el
* Profesora de Derecho Internacional Público y Derecho Comunitario de la
Universidad Autónoma de Madrid, Doctora en Derecho, Mas-
ter en Relaciones
Internacionales por la Fundación Ortega y Gasset y coordinadora de la
especialidad jurídica de la acción formativa de posgrado en Migración y
Relaciones Intercomunitarias de la Universidad Autónoma de Madrid.
partido
momento nada menos que 112 enmiendas.1
Por ello,
desde la celebración del último Pleno de la
1.
Las 112 enmiendas afectaban a 56
de los 77 preceptos que
componían el Proyecto de Ley (de los que 63 son artículos y l
os 14
restantes son disposiciones finales, transitorias o derogatorias),
lo
que supone que la actividad del Senado fue muc
ho más allá de lo
que su ámbito competencia! que es ser una Cámara d
e Segunda
Lectura. En el debate
que se produjo en el Congreso, el
Parlamentario Sr. Urfa Echevarría,
del Grupo Vasco, indicaba de
forma muy gráfica, lo siguiente: «...el
Senado no se está
comportando como Cámara Alta ni como primera
Cámara sino como
recámara, en el sentido balístico del término, o
sea, en el de que el
partido del Gobierno, que no tiene mayoría abso
luta en el Congreso
pero sí en el Senado, puede gastar sus últimos
cartuchos cuando no
ha podido imponer su voluntad en el Congreso». Vid. en
Boletín
Oficial de las Cortes Generales -en adelante, BOCG-
, 25 de
noviembre de 1999, núm. 277, p. 14958.
Sexta Legislatura española, el partido entonces en el
gobierno -
que en la actualidad cuenta con mayoría
absoluta tanto en el Congreso como en el Senado-
planteó
públicamente la modificación de la citada ley.
En fechas recientes proliferan en la prensa noticias
contradictorias con relación a los inmigrantes. Por una
parte, desde medios oficiales, se nos dice lo que en los
últimos tiempos se ha incrementado la inmigración
clandestina, sobre todo, la
procedente de los países del
Magreb, que arriesgan su vida por alcanzar las costas
españolas, con la intención de procurarse un futuro mejor.
2
Por otra parte, y debido a que "España va bien", los
empresarios reclaman que se permita el acceso de
trabajador
es extranjeros para cubrir los puestos de trabajo
a los que no desean acceder los españoles.3
¿En qué
quedamos? ¿Hay un exceso de inmigrantes en España? o,
por el contrario, ¿es necesario facilitar los trámites para
que resulte más fácil contratar mano de
obra extranjera en
aras del mantenimiento del ritmo de crecimiento
económico, del que, afortunadamente, disfrutamos?
2.
En este sentido y sin ánimo de exhaustividad podemos citar, entre
otros, los artículos aparecidos el miércoles 7 de junio de 2000, en
la p. 24, bajo los títulos "Piqué reclama de nuevo a Marruecos
un
ma
yor control de sus fronteras" y "Detenidos más de 5,000
inmigrantes indocumentados durante este afío", o en la p. 17
del
mismo diario del martes 30 de mayo de 2000 "España pide a la
Unión Europea un acuerdo con Rabat para repatriar a inmigrantes
'sin papeles'", dos días más tarde, el jueves 1 de junio de 2000, en
las mismas páginas se decía que el Ministro de Asuntos Ext
eriores
"Mayor defiende que se distinga entre inmigrantes legales e
ilegales para detener el 'efecto llamada'". Aunque quizá el que
pudiera crear un mayor temor a la población es ei titular aparecido
el viernes 26 de mayo de 2000 en la p. 17 del diario El País,
que
afirmaba "126,889 extranjeros han solicitado la regularización en
los dos primeros meses del proceso. La cifra de inmigrantes
acogidos a la Ley de Extrankerís desborda todas las previsiones",
donde dos páginas después se indica que "El Presidente
canario
pedirá refuerzos en las fronteras para frenar a las mafias" y
"Detenidos 26 inmigrantes más en Cádiz".
3. El País,
de 2 de junio de 2000, p. 19, titulaba "Patronales y
sindicatos aseguran que hay puestos sin cubrir en construcción,
metal e informátic
a. Pujol avisa de que España necesita
trabajadores extranjeros y pide a Aznar que facilite su entrada", en
la misma página "El descenso del paro agrava el problema en
algunas Comunidades", en la p. 21, por una parte "Andalucía
Acoge acusa al Gobierno de in
flar las cifras de inmigrantes" y, por
otra, "Urgen brazos en Aragón y Castellón. La situación de pleno
empleo en algunas zonas y sectores origina quejas por l
as trabas
para contratar extranjeros". Dos días más tarde, enEl país,
de 4 de
junio de 2000, p.
27, se afirma que "Se busca mano de obra
extranjera. Varias provincias en las que el desempleo es mínimo
reclaman la contratación de trabajadores inmigrantes. Lleida es un
ejemplo". Incluso, el miércoles7 de junio de 2000,p.
24 se indicaba
que "El Príncip
e visita Teruel y escucha la petición de que lleguen
inmigrantes".
La lectura que hace el gobierno en este punto es
absolutamente lineal, puesto que centra su interés en la
protección de las fronteras y en la lucha contra la
inmigración clandestina que es
una lacra para la sociedad
-
ya que supone el enriquecimiento de unos pocos a costa
del sudor y, en algunas ocasiones, la muerte de los más
necesitados-
aunque sin adoptar medidas protectoras con
relación a ias víctimas de estas prácticas. Sin embargo,
pens
amos que se puede intentar combatir a las mafias que
se benefician del tráfico humano que supone la inmigración
ilegal, estableciendo mayores controles en las fronteras y
sancionando a sus precursores, no a las víctimas de dichas
actuaciones ilegales. Es d
ecir, se debe evitar que accedan
de forma irregular a nuestro territorio nuevos inmigrantes,
pero debemos comprometernos en regularizar e integrar a
aquellos que consiguieron entrar en él.
No obstante, las autoridades españolas se limitan a culpar
a la nue
va Ley de Extranjería de estos flujos de inmigración
ilegal, al afirmar que esta norma produce un efecto llamada
en los potenciales inmigrantes, afirmación abiertamente
rechazada por las ONG. En concreto, José Luis Rodríguez,
presidente de Andalucía Acoge -
ONG dedicada a la
inserción de inmigrantes-
afirmaba al respecto que «Es
absurdo pensar que el acceso a la sanidad, a la educación
o a la justicia gratuita pueda hacer incrementar el número
de inmigrantes, porque no es eso lo que les mueve a venir
aquí, s
ino el ganarse la vida. Esos, son simplemente
derechos fundamentales».4
El motivo del incremento de las pateras cargadas de
inmigrantes no es otro que el sellado de las fronteras
terrestres, ya que antes muchos inmigrantes accedían al
territorio español a
través de las plazas españolas en el
norte de África,, Desde que esas fronteras se han blindado
,
a quienes desean acceder a la Península no les queda más
remedio que tentar a la suerte, jugarse la vida e intentar
cruzar el estrecho en una injra-embarcación.
Además, se
ha incrementado considerablemente la vigilancia en la
zona del Estrecho de Gibraltar, lo que ha provocado que
esas pateras tengan como destino las Islas Canarias,
fundamentalmente las de la provincia de Gran Canaria, las
más próximas al continente africano.5
Esta nueva ruta
demuestra la desinformación
4.
Vid.
en
El país,
viernes 2 de junio de 2000, p. 21.
5. Vid. en este sentido además de la nota anterior, la intervención del
Parlamentario del Grupo de Coalición Canaria, Sr. Mardones SEVI-
LLA, en el Congreso de los Diputados del día 25 de noviembre de
1999. Vid. en BOCG,
25 de noviembre de 1999, núm. 277, p.
14950.

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