El derecho al desarrollo, un derecho humano internacional

AutorAlain Fred Phillips Yeroham
CargoAlumno de 10º semestre de la Facultad de Derecho de la Universidad Anáhuac.
Páginas233-247

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Siendo estudiante de la Licenciatura en Derecho en la Universidad Anáhuac, tuve la oportunidad de asistir a la Conferencia Internacional para la Financiación del Desarrollo en Monterrey, así como al Foro Global de las Organizaciones No Gubernamentales celebrado en el mismo lugar. Escribo el presente artículo con la intención de transmitir al público en general información con respecto a lo sucedido en ambos eventos y mi punto de vista con la esperanza de aportar aunque sea un poco de voluntad a los cambios que demanda la sociedad mundial. Al participar como prensa y miembro de la delegación mexicana en el Departamento de Enlace con las delegaciones de los países participantes en la Conferencia de las Naciones Unidas y como miembro del Centro Mexicano de Análisis Estratégico y Negociación Internacional en el Foro Global, me di cuenta de algo muy importante, que en el quehacer diario es muy fácil perder de vista.

El desarrollo de la sociedad global, es un tema que nos incumbe a todos, pues de nuestro desarrollo personal deriva el inevitable desarrollo de los demás. No podemos cerrar los ojos ante la realidad que el mundo vive actualmente. Los gobiernos de los estados hacen y deshacen, así como nosotros en el plano individual también. Deriva del interés de cada individuo en los asuntos internacionales el hacernos conscientes de que más allá de las fronteras de cada estado también habitan seres humanos y que independientemente de nuestra nacionalidad, sexo, religión, estatus social y edad; nuestras necesidades básicas son las mismas, por lo que los derechos que derivan de dichas necesidades que permiten nuestra dignidad como seres humanos que somos son de interés general, dándonos la oportunidad de participar en los cambios desde nuestros particulares y distintos medios de desarrollo. Page 234

La fraternidad que logremos a través del respeto a la dignidad de nuestros vecinos será el respeto que guardemos con respecto de la nuestra y por ende el reflejo de las relaciones de todo ser humano y sus creaciones. Ya sea entre particulares, gobiernos internos y estados. Si logramos ser capaces de relacionarnos con amor y armonía en el plano individual, aportamos y contagiamos eso al resto del mundo.

Ya no se trata de las típicas buenas intenciones, sino de nuestro comportamiento diario, seamos solidarios con nuestros semejantes y el medio que nos sostiene: nuestro planeta tierra.

La misión contenida en la Carta de las Naciones Unidas, firmada el 26 de diciembre de 1945, en San Francisco, resulta el elemento base para lograr cualquier cambio que se presente a lo largo de la historia de la institución para la cual fue creada.

Es mi postura que para que dicha afirmación sea válida, es necesario analizar y racionalizar las fuentes que hicieron posible la creación de la Organización de las Naciones Unidas (...) como una institución internacional, así, a través del análisis de su misión es posible promover y materializar los cambios tan necesarios que nuestro mundo demanda actualmente.

Para el logro de tal ejercicio se hace énfasis en los principios que promueve la misión de la Carta de la ONU.

La idea creadora de la Organización de Naciones Unidas es preservar a las generaciones venideras del flagelo que la guerra trajo al mundo en dos ocasiones durante el siglo pasado, y promover la paz al "...reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas... ". Entonces, la manera de promover dichos principios creó la necesidad de institucionalizar los derechos para ".crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto a las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional.". Lo anterior con el propósito de ".promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más Amplio de libertad... ". Para materializar dichas propuestas basadas en derechos de individuos y naciones, es necesaria la práctica de la tolerancia y la unión de esfuerzos con motivo de mantener la paz y la seguridad. Por lo tanto se acordó la jerarquía de dichos valores, a través de la aceptación de principios y la institución de métodos, que prevengan el uso de las fuerzas armadas, salvo en el interés común. Lo anterior con el propósito de ".emplear un mecanismo internacional para promover el progreso económico y social de todos los pueblos... ".

Ahora analicemos de forma más cercana cada uno de los aspectos de la misión, en la cual, se reconocen diversos derechos fundamentales:

Al reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas, se reconoce el valor y aplicación de los Derechos Humanos y se aprueba así en 1948 el 10 de Page 235 diciembre ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos.

El Derecho Internacional es igualmente reconocido al crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto a las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional.

En la última parte de la misión, se procura emplear un mecanismo internacional para promover el progreso económico y social de todos los pueblos, dando así reconocimiento al derecho al desarrollo y llenando una parte esencial de la misión como tal; la cual es promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de libertad, dicho derecho, reconocido en la Declaración de la Asamblea General de las Naciones Unidas, considerando la cuestión del Derecho al Desarrollo a partir del 4 de diciembre de 1986.

Al integrar los conceptos de la misión de la Carta de las Naciones Unidas, tales como el Derecho Internacional y los Derechos Humanos, resulta fácil deducir que el Derecho al Desarrollo aparezca como la meta de ambos derechos, de ahí que pase a formar parte de ambos: un derecho internacional y humano.

El elemento central del Derecho Humano Internacional al Desarrollo es que todos los individuos de la sociedad humana sean proveídos de la oportunidad de sobrevivir, crecer en condiciones aceptables de seguridad y adquirir el conocimiento básico que, a través de decisiones sostenibles les de el poder de contribuir activamente a su propio desarrollo y por ende al de los demás.

Sus puntos esenciales de acuerdo al punto de vista de la Asociación Danesa de las Naciones Unidas son:

* Suficientes medios de nutrición incluyendo el acceso al agua.

* Servicios de salud que reduzcan la mortalidad infantil.

* Aseguramiento del respeto a los derechos de sexualidad y reproducción, especialmente para las mujeres.

* Educación primaria gratuita para hombres y mujeres.

* Condiciones de vida que provean la posibilidad de vivienda digna.

* Una reducción sustancial en las diferencias de ingreso económico.

* El derecho a la participación política de todos los ciudadanos de cada país.

* La implementación del fuero judicial basado en legislación y juzgados independientes.

La legislación de la Declaración Universal de Derechos Humanos sustenta dichos derechos en el ámbito de cada individuo ser humano en sus artículos 22, 23 punto 3, 25 punto 1 y 26 puntos 1 y 2:

El artículo 22 sostiene que:

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, Page 236 habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

De este artículo emana el concepto de solidaridad nacional e internacional, necesaria para la cooperación y Desarrollo en el ámbito mundial, de cada ser humano habitante del mundo.

El artículo 23 punto 3 establece que:

Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

Debido a que el artículo anterior contempla el esfuerzo nacional e internacional en cooperación para lograr el desarrollo de cada individuo, al entrelazar los contenidos de ambos, nos damos cuenta de que es necesario respetar el derecho al ingreso económico equitativo, en tanto al trabajo realizado y frente a los demás individuos que realizan la misma actividad; más importante aún frente a la realidad económica del Estado de la cual forma parte el individuo. De tal manera que éste pueda adquirir los bienes necesarios que le provean de una vida que preserve su dignidad humana al contribuir para el desarrollo de su familia y el suyo propio;

El artículo 25 establece que:

Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica, los servicios sociales necesarios; tiene así mismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

Ahora bien, al conjugar el contenido de los dos artículos anteriores, nos dimos cuenta de su necesaria complementación y por ende se puede deducir que ambos van ligados uno con otro para preservar del Derecho Humano Internacional al...

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