Acuerdo y Modificación de La Densidad de Los Lotes del 15 al 27 Manzana 171, del 1 al 8 y 26 Manzana 178, del 13 al 30 Manzana 187, 11 de La Manzana 175 y 1 de La Manzana 188 del Fraccionamiento Denominado 'arboledas', Ubicado en Esta Ciudad Capital

Fecha de disposición30 Mayo 2009
Fecha de publicación30 Mayo 2009
SecciónSección General
Número de Gaceta22

ACUERDOY MODIFICACIÓN DE LA DENSIDAD DE LOS LOTES DEL 15 AL 27 MANZANA 171, DEL 1 AL 8 Y 26 MANZANA 178, DEL 13 AL 30 MANZANA 187, 11 DE LA MANZANA 175 Y 1 DE LA MANZANA 188 DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO "ARBOLEDAS", UBICADO EN ESTA CIUDAD CAPITAL.

JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto Constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D O SPRIMERO.-

Que mediante oficio número 01.171/09, de fecha 3 de abril del año 2009, y recibido en la Dirección General de Gobierno el día 7 del mismo mes y año, el Secretario de Desarrollo Urbano solicitó del Ejecutivo a mi cargo la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene la modificación de la densidad de los lotes del 15 al 27 manzana 171, del 1 al 8 y 26 manzana 178, del 13 al 30 manzana 187, 11 de la manzana 175 y 1 de la manzana 188 del fraccionamiento denominado "ARBOLEDAS", ubicado en esta Ciudad capital, el cual es promovido por el Arq. José Manuel Torres Leaño y Desarrollos Colima, S.A. de C.V.

SEGUNDO.-

Que el Fraccionamiento denominado "ARBOLEDAS", ubicado en esta Ciudad capital, fue autorizado en el año 1988 conforme a los lineamientos dispuestos en la Ley de Fraccionamientos, misma que fue derogada al entrar en vigor en el año 1994 la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima. Con fecha 22 de mayo del año 2008 el H. Cabildo del Municipio de Colima, aprobó la modificación de la densidad de los lotes del 15 al 27 manzana 171, del 1 al 8 y 26 manzana 178, del 13 al 30 manzana 187, 11 de la manzana 175 y 1 de la manzana 188 del fraccionamiento que nos ocupa, conforme se asienta en la certificación del punto de Acuerdo del acta respectiva expedida el día 23 de mayo del año 2008, por el Secretario el Ayuntamiento, mismo que obra en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General de Gobierno.

TERCERO.-

Que el C. Ing. Eduardo Gutiérrez Navarrete, Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, dictaminó la congruencia de la modificación de la densidad de los lotes del 15 al 27 manzana 171, del 1 al 8 y 26 manzana 178, del 13 al 30 manzana 187, 11 de la manzana 175 y 1 de la manzana 188 del fraccionamiento denominado "ARBOLEDAS", ubicado en esta Ciudad capital.

CUARTO.-

Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", el documento que contiene la modificación a la densidad de los lotes mencionados en el Considerando que antecede del fraccionamiento denominado "ARBOLEDAS", ubicado en esta Ciudad capital, en los términos mencionados en el Considerando anterior.

Por lo anteriormente expuesto he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

ÚNICO.-

Por haberse cumplido las disposiciones legales correspondiente, se ordena la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", del documento que contiene la modificación de la densidad de los lotes del 15 al 27 manzana 171, del 1 al 8 y 26 manzana 178, del 13 al 30 manzana 187, 11 de la manzana 175

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO y 1 de la manzana 188 del fraccionamiento denominado "ARBOLEDAS", ubicado en esta Ciudad capital, lo cual fue aprobado por el H. Cabildo del Municipio de Colima, el día 22 de mayo del año 2008.

T R A N S I T O R I O

ÚNICO.-

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Colima".

Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y observe.

Dado en la Residencia...

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