¿En una demanda laboral, el patrón está obligado a exhibir los documentos solicitados por el tribunal para verificar las prestaciones entregadas al trabajador durante el tiempo que estuvo vigente la relación laboral?

Páginas9-10
¿En una demanda laboral, el
patrón está obligado a exhibir
los documentos solicitados
por el tribunal para verificar
las prestaciones entregadas al
trabajador durante el tiempo
que estuvo vigente la relación
laboral?
Soy auxiliar de recursos huma-
nos en una cadena de restau-
rantes de comida italiana. Hace
algunos meses despedimos a un
trabajador por así convenir a los
intereses del patrón. Debido a lo
anterior, el trabajador acudió al
Centro Federal de Conciliación
y Registro Laboral (CFCRL) para
que a través de este organismo
se solicitara al patrón el pago de
su indemnización y, además, el
pago de sus vacaciones, prima
vacacional y horas extra que no
se le cubrieron mientras estuvo
vigente la relación laboral. Al
efecto, en la cita de conciliación
que tuvimos con el trabajador
en el CFCRL tratamos de llegar
a un acuerdo para el pago de la
indemnización correspondiente,
pero no fue posible por lo que
el trabajador decidió ejercer
el derecho de demandar a la
empresa ante el tribunal. Hace
unos días, el tribunal solicitó que
exhibamos algunos documentos
para verificar las prestaciones
otorgadas al trabajador durante
el tiempo que prestó sus servi-
cios; sin embargo, la empresa
no desea hacerlo, pues consi-
deramos que se prolongaría aún
más la sentencia. Al respecto,
quisiera saber si la empresa se
encuentra obligada a exhibir los
documentos solicitados por el
tribunal.
Lector de Ciudad de México
¿En una demanda laboral, el patrón
está obligado a exhibir los documen-
tos solicitados por el tribunal para
verificar las prestaciones entregadas
al trabajador durante el tiempo que
estuvo vigente la relación laboral?
En una demanda laboral, el patrón sí
está obligado a exhibir los documen-
tos solicitados por el tribunal para
verificar las prestaciones entregadas
al trabajador durante el tiempo que
estuvo vigente la relación laboral,
por lo siguiente:
El artículo 784, primer párrafo, de la
LFT establece lo siguiente (énfasis
añadido):
784. El Tribunal eximirá de la
carga de la prueba al trabaja-
dor, cuando por otros medios
esté en posibilidad de llegar al
conocimiento de los hechos, y
para tal efecto a petición del
trabajador o de considerarlo
necesario requerirá al patrón
para que exhiba los documen-
tos que, de acuerdo con las
leyes, tiene la obligación legal
de conservar en la empresa,
bajo el apercibimiento de que
de no presentarlos, se pre-
sumirán ciertos los hechos
alegados por el trabajador.
C9
1a. quincena
marzo 2023
Consultas de
nuestros lectores LABORAL
Laboral 963.indd 9Laboral 963.indd 9 17/02/23 16:2117/02/23 16:21

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR