Acuerdo por el que se delimita y determina el recinto portuario en la Laguna de Pajaritos, Municipio de Coatzacoalcos, en el Estado de Veracruz

Fecha de disposición21 Agosto 2008
Fecha de publicación21 Agosto 2008
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. LUIS TELLEZ KUENZLER, Secretario de Comunicaciones y Transportes, JUAN RAFAEL ELVIRA QUESADA, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales y JOSE LUIS LUEGE TAMARGO Director General de la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32 Bis fracciones II, V, XXIV, XXVI, XXXIX y XLI, 36 fracciones l, XVl, XlX, XX y XXVll de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2 fracciones II y III, 3, 7, 14, 16, 20 fracciones I y II, inciso b) y 21 de la Ley de Puertos; 1, 3 fracciones l y II, 4, 6 fracciones I, II, VI, IX y XXI, 7 fracciones VI y VIII, 9, 13, 15, 17 primer párrafo, 59 fracción lII, 61, 62, 64 primer párrafo y 120 de la Ley General de Bienes Nacionales; 2 y 3 de la Ley de Vías Generales de Comunicación; 1, 2 y 3 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; 1, 2, 4, 9 fracciones I, XVII, XXV, XXXVI, XXXVII y LIV, 12 fracciones I, VIII, XI, XII, 113 fracciones II y IV, y 118 de la Ley de Aguas Nacionales; Segundo Transitorio del Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas Disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 2004; 4 y 14 fracciones I, IX y XV del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales; 4 y 5 fracciones I y XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; 4 y 5 fracciones I, XXV, XXXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; y, 1, 8 y 13 fracciones I, II, III inciso f), XXVII y XXX del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y

CONSIDERANDO

Que el Ejecutivo Federal, mediante Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de julio de 1997, habilitó diversos puertos y terminales entre los que se encuentra el puerto en Pajaritos, Municipio de Coatzacoalcos, en el Estado de Veracruz.

Que de conformidad con lo previsto por el artículo 16 de la Ley de Puertos, corresponde a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes administrar los puertos y otorgar concesiones y permisos dentro del recinto portuario, sin perjuicio de las atribuciones de otras dependencias de la Administración Pública Federal.

Que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua, tiene a su cargo, como autoridad esta última en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, la administración y custodia de las aguas nacionales a que se refiere el párrafo quinto del artículo 27 Constitucional; así como las playas y zonas federales en la partes correspondientes a los cauces de corrientes, los terrenos ocupados por los vasos de lagos, lagunas, esteros o depósitos naturales cuyas aguas sean de propiedad nacional; los cauces de las corrientes de aguas nacionales; las riberas y zona federal contiguas a los cauces de las corrientes y a los vasos o depósitos de propiedad nacional; los terrenos de los cauces, y los de los vasos de lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional, descubiertos por causas naturales o por obras artificiales; y las islas que existen o que se formen en los vasos de lagos, lagunas, esteros, presas y depósitos o en los cauces de corrientes de propiedad nacional.

Que se encuentra dentro del ámbito de competencia de la Comisión Nacional del Agua el otorgamiento de concesiones, asignaciones y permisos distintos a los que regula la Ley de Puertos; incluso dentro del recinto portuario, cuando se soliciten para usar, aprovechar y explotar aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, entre los que se encuentra la zona federal, por personas físicas o morales que cuenten previamente con concesión o permiso para prestar servicios portuarios.

Que corresponde a la Comisión Nacional del Agua la delimitación, y demarcación de la Laguna de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR