Acuerdo por el que se delegan diversas facultades en el Director General de Comunicación Social de la Secretaría de la Defensa Nacional

Fecha de disposición18 Abril 2013
Fecha de publicación18 Abril 2013
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Defensa Nacional.- Dirección General de Comunicación Social. SALVADOR CIENFUEGOS ZEPEDA, General Secretario de la Defensa Nacional, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 1, 2, 16, 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como los artículos 3, 4, 6, 7 fracción I, 8, 9, 10, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que corresponde originalmente a los titulares de las Secretarias de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, y que para la mejor organización del trabajo podrán delegar funciones en los servidores públicos subalternos, excepto aquellas que por disposición de la Ley o del Reglamento Interior respectivo deban ser ejercidas precisamente por dichos titulares, mediante la expedición de los acuerdos correspondientes, que deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación.

Que conforme a lo previsto en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional, fracciones I, XXI, el Secretario de la Defensa Nacional tiene la facultad de establecer, coordinar y supervisar las políticas de la Secretaría, de conformidad con los objetivos, metas y políticas nacionales que determine el Presidente de la República, así como coordinar y evaluar las del sector defensa en los términos de la legislación aplicable; autorizar los convenios y contratos en los que la Secretaría sea parte; así como las demás facultades que le confiere esa Ley, su Reglamento y otras disposiciones aplicables.

Que de acuerdo con el artículo 9 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional podrá delegar sus facultades en servidores públicos subalternos, sin perjuicio de ejercerlas directamente cuando lo estime conveniente.

Que el artículo 11 fracción VIII del acuerdo por el que se establecen los lineamientos generales para las campañas de comunicación social de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2011, establece que de conformidad con la normatividad interna de cada dependencia y entidad, es responsabilidad exclusiva de las unidades de comunicación social o equivalentes, las...

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