De las Delegaciones Regionales

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas414-414

Page 414

ARTÍCULO 70. Delegaciones regionales. Naturaleza y ejercicio de sus facultades

Las Delegaciones Regionales son unidades administrativas con facultades delegadas por la Dirección General, las cuales se ejercerán en representación del Infonavit enla circunscripción territorial que se les asigne.

ARTÍCULO 71. Desconcentración de las funciones operativas

Para el mejor cumplimiento de los objetivos del Infonavit, las funciones operativas se desconcentrarán a las Delegaciones Regionales, conforme a lo establecido en el Reglamento respectivo.

ARTÍCULO 72. Apoyo de las comisiones consultivas regionales...

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