¿Puede deducirse para el ISR un automóvil adquirido por una persona moral a una persona física que no le expidió un comprobante fiscal por esta operación?

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Trabajo como contador de una persona moral del régimen general de la Ley del ISR que se dedica a la fabricación y venta de ventanas de aluminio. En días pasados, la empresa adquirió un automóvil usado de una persona física que no se encuentra inscrita en el RFC, con objeto de utilizarlo en las actividades de la compañía; el vendedor no expidió ningún comprobante a la empresa con requisitos fiscales, y sólo le entregó la factura original expedida por la agencia automotriz que le enajenó el vehículo; asimismo, se realizó un contrato escrito de la venta. Por lo anterior, tengo duda si este bien podrá deducirse para el ISR.

Lector de Cuernavaca, Morelos

Pregunta

¿Puede deducirse para el ISR un automóvil adquirido por una persona moral a una persona física que no le expidió un comprobante fiscal por esta operación?

Respuesta

Sí, siempre que se reúnan diversos requisitos, por lo siguiente:

El artículo 31, fracción III, primer párrafo, de la Ley del ISR estipula lo siguiente (énfasis añadido):

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31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

III. Estar amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales y que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00 se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria, excepto cuando dichos pagos se hagan por la prestación de un servicio personal subordinado.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Como se aprecia, las deducciones autorizadas por la Ley del ISR deben estar amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones tributarias; sin embargo, para el caso que nos ocupa, la regla I.3.3.1.9 de la RMF para 2013 señala lo siguiente:

I.3.3.1.9. Para los efectos del artículo 31, fracción III, primer párrafo de la Ley del ISR, tratán-dose de la adquisición de vehículos usados, enajenados por personas físicas, con excepción de aquéllas que tributen en los términos de las Secciones I y II del Capítulo II del Título IV de dicha Ley, se tendrá por cumplido el requisito consistente en que las deducciones autorizadas estén amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales, cuando los contribuyentes que pretendan efectuar dicha deducción cum-plan los...

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