¿Es deducible para el ISR y el IETU una comisión por la que no se hizo la retención del IVA?

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Laboro como contador de una persona moral del régimen general de la Ley del ISR que se dedica a la comercialización de artículos para decoración de oficinas y casas-habitación. Al revisar la contabilidad del ejercicio 2010, me di cuenta de que en noviembre de ese año, la empresa efectuó el pago de comisiones a una persona física, pero a las cuales no se les efectuó la retención que obliga la Ley del IVA. Tengo entendido que si no se cumple la obligación de retener impuestos conforme a las leyes tributarias el gasto relativo no es deducible.

Lector de México, DF

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Pregunta

¿Es deducible para el ISR y el IETU una comisión por la que no se hizo la retención del IVA?

Respuesta

El artículo 1o.-A, fracción II, inciso d, de la Ley del IVA dispone lo siguiente (énfasis añadido):

1o-A. Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade , los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. Sean personas morales que:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

d) Reciban servicios prestados por comisionistas, cuando éstos sean personas físicas.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Por su parte, el artículo 31, fracción V, primer párrafo, de la Ley del ISR, estipula lo siguiente (énfasis añadido):

31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

V. Cumplir con las obligaciones establecidas en esta Ley en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros o que, en su caso, se recabe de éstos copia de los documentos en que conste el pago de dichos impuestos. Tratán-dose de pagos al extranjero, éstos sólo se podrán deducir siempre que el contribuyente proporcione la información a que esté obligado en los términos del artículo 86 de esta Ley .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

De las disposiciones citadas destaca lo siguiente:

1. Las personas morales que reciban servicios prestados por comisionistas personas físicas, están obligadas a retener el IVA que se les traslade.

2. Uno de los requisitos que deben cumplir las personas morales del régimen general de ley para aplicar en el ISR las deducciones correspondientes, consiste en cumplir las obligaciones establecidas en la ley que regula este impuesto relativas a la retención y entero de...

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