Deducciones personales para el ISR. La Prodecon apoyará a los contribuyentes para interponer amparos en contra del límite de tales deducciones, referido en la Ley del ISR

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Mediante comunicado de prensa, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) consideró violatorio de los derechos fundamentales, como son el mínimo vital y las garantías constitucionales de proporcionalidad y equidad

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tributarias, al artículo 151 de la Ley del ISR, aprobado en 2013 en la pasada reforma fiscal, y que establece un tope a las deducciones personales de los contribuyentes, quienes sólo podrán deducir la cantidad que resulte menor entre 10% de sus ingresos anuales o cuatro salarios mínimos generales elevados al año del área geográfica respectiva ($93,104.20, en el área geográfica B, o $98,243.40, en el área geográfica A).

La Prodecon indicó que ese tope de las deducciones a 10% de los ingresos totales de la persona física resulta regresivo para los pagadores de impuestos más vulnerables y que son los que tienen ingresos más reducidos. En muchos casos, se trata de padres de familia o personas de la tercera edad que no cuentan siquiera con seguridad social, pues no gozan de un salario fijo, por lo que tienen que realizar erogaciones para atender las contingencias médicas y hospitalarias, tanto suyas como de sus hijos y cónyuge, y quienes también, comúnmente, se encuentran pagando, con grandes esfuerzos, intereses por la adquisición de su vivienda. Todos esos gastos sólo podrán ahora deducirlos hasta 10% de sus ingresos.

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Por ejemplo, si dos personas tienen una urgencia médica que les cuesta, a cada una, 50 mil pesos, pero uno de esos contribuyentes sólo tiene ingresos anuales por 200 mil pesos y el otro los tiene por un millón, el que gana 200 mil sólo podrá deducir 20 mil de los 50 mil gastados. En cambio, el...

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