Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje

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EmisorSecretaría de Relaciones Exteriores

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 3, fracción IV de la Ley de Nacionalidad y 47, fracción II de la Ley de Migración, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE PASAPORTES Y DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD Y VIAJE

ARTÍCULO ÚNICO

Se REFORMAN los artículos 2, fracción V en su párrafo segundo; 3, párrafo primero; 8; 14, párrafo primero en sus fracciones IV y V en su párrafo primero, y párrafo último; 15, párrafo primero; 16; 18, párrafo primero en sus fracciones III en su párrafo primero y V, y párrafo último; 24; 26, párrafo segundo; 37, fracciones V, VII y VIII; 46, párrafo primero en sus fracciones VI y VII, se ADICIONAN la fracción V Bis al artículo 2; la fracción VII al párrafo primero del artículo 14; un párrafo último a la fracción IV del párrafo primero del artículo 18; un párrafo último al artículo 30, y la fracción VIII al párrafo primero y un párrafo último al artículo 46 y se DEROGAN el párrafo tercero de la fracción V del párrafo primero del artículo 14 y el párrafo tercero de la fracción III del párrafo primero y el penúltimo párrafo del artículo 18 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 2 ...
  1. a IV. ...

  2. ...

    Existen tres clases de pasaportes: ordinario, oficial y diplomático;

  3. Bis. Persona Menor de Edad: A las niñas, niños y adolescentes a que se refiere la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

    La Secretaría procurará brindar información a la Persona Menor de Edad respecto de los procedimientos y trámites en los que participe conforme a este Reglamento, a través de los medios que dicha dependencia determine, en términos de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y demás disposiciones jurídicas aplicables, y

  4. ...

ARTÍCULO 3 Los Pasaportes se expedirán en el territorio nacional por las delegaciones y subdelegaciones de la Secretaría y en el extranjero a través de las Oficinas Consulares

Los Documentos de Identidad y...

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