DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 104 Y 105 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT

Fecha de publicación28 Julio 2020
Director: Lic. Vicberto Romero Mora
Sección Cuarta
Tomo CCVII
Tepic, Nayarit; 28 de Julio de 2020
Número: 017
Tiraje: 030
SUMARIO
DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 104 Y 105 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
NAYARIT
2 Periódico Oficial Martes 28 de Julio de 2020
Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos
Constitucionales, con proyecto de Decreto que tiene por
objeto reformar el artículo 104 y el segundo párrafo del
artículo 105 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Nayarit.
HONORABLE ASAMBLEA LEGISLATIVA:
A quienes integramos la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, por
indicaciones de la Presidencia de la Mesa Directiva, nos fue turnada para su estudio y
dictamen la Iniciativa con Proyecto de Decreto que tiene por objeto reformar los artículos
104 y 105 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, presentada
por el Diputado Javier Hiram Mercado Zamora.
La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, es competente para conocer del
presente asunto de conformidad con lo establecido en los artículos 66, 68, 69 fracción I,
71, 73 y 74 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Nayarit, así como los
artículos 51, 54, 55 fracciones I inciso d), 100 y 101 del Reglamento para el Gobierno
Interior del Congreso; al tenor de la siguiente:
METODOLOGÍA
La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, encargada de analizar y resolver
la viabilidad de la iniciativa turnada, desarrollamos el trabajo conforme al siguiente
procedimiento:
I. En el apartado de “ANTECEDENTES” se da constancia del trámite del proceso
legislativo y de la recepción del turno para la elaboración del dictamen de la iniciativa
referida;
II. En el apartado correspondiente a “CONTENIDO DE LA INICIATIVA” se sintetiza el
alcance de la propuesta que se estudió;
III. En el apartado de “CONSIDERACIONES” las y los integrantes de la Comisión
Dictaminadora expresamos los razonamientos y argumentos con base en los cuales
se sustenta el sentido del dictamen, y
IV. Finalmente, en el apartado “RESOLUTIVO” el proyecto que expresa el sentido del
presente.
I. ANTECEDENTES
1. El día 27 de mayo del 2020, fue presentada por el Diputado Javier Hiram Mercado
Zamora, ante la Secretaría General del Congreso del Estado, la Iniciativa con
Proyecto de Decreto que tiene por objeto reformar los artículos 104 y 105 de la
2. Posteriormente, la Presidencia de la Mesa Directiva ordenó el turno de la iniciativa a
esta Comisión para proceder con la emisión del dictamen correspondiente.

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