DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE FOMENTO ECONÓMICO.

Fecha de disposición13 Marzo 2021
Fecha de publicación13 Marzo 2021
Número de Gaceta24
SecciónAnexos
Colima
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE COLIMA
JOSÉ IGNACIO PERALTA
SÁNCHEZ
SECRETARIO GENERAL DE
GOBIERNO Y DIRECTOR DEL
PERIÓDICO OFICIAL
RUBÉN PÉREZ ANGUIANO
"2021, año de Griselda Álvarez Ponce de
León"
Las leyes, decretos y demás
disposiciones obligan y surten sus efectos
desde el día de su publicación en este
Periódico, salvo que las mismas
dispongan otra cosa.
www.periodicooficial.col.gob.mx
EL ESTADO DE COLIMA
PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
NÚM
24
SUPLEMENTO
NÚM. 2
EDICIÓN ORDINARIA
SÁBADO, 13 DE MARZO DE 2021
TOMO CVI
COLIMA, COLIMA 52 págs.
DEL GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERIOR DE
LA SECRETARÍA DE FOMENTO ECONÓMICO. Pág. 3
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO. Pág. 18
EL ESTADO DE COLIMA
www.periodicooficial.col.gob.mx
SUMARIO
- 2 - EL ESTADO DE COLIMA
DEL GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
DECRETO
QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SECRETARÍA DE FOMENTO ECONÓMICO.
DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERIOR DE
LA SECRETARÍA DE FOMENTO ECONÓMICO.
JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio
de la facultad que el Poder Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III y IV de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Colima y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 3, 4, 6, 16, 17, 18 y 33 de la
CONSIDERANDO
Que la Secretaría de Fomento Económico es una dependencia centralizada del Poder Ejecutivo del Estado, y sus
atribuciones se encuentran definidas y delimitadas en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, en
Con fecha 29 de septiembre de 2015 el H. Congreso del Estado de Colima expidió el Decreto 583, mediante el cual se
aprueba la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima, mismo que fue publicado en el
Periódico Oficial "El Estado de Colima" el día 1 de octubre de 2015, dicha ley en comento fue reformada el 28 de
septiembre del 2018 y mediante decreto publicado el sábado 29 de septiembre del año 2018 que abroga el que crea El
Instituto para la Competitividad del Estado de Colima, publicado en el Periódico Oficial "El E stado de Colima" el 07 de
enero de 2012, resulta necesario realizar los ajustes adecuados a la normatividad en materia de Fomento Económico, así
como en la redistribución de las atribuciones en la materia que permanecen.
El Consejo Estatal de Ciencia y Tecnología del Estado de Colima es un organismo público descentralizado con las
funciones de la Dirección General de Ciencia y Tecnología, con la finalidad de evitar duplicidad en las funciones del
Consejo antes mencionado es necesario llevar a cabo un ajuste con respecto a esta Dirección General.
Apegándose al cumplimiento de las necesidades de programas y proyectos en materia federal y local que tengan impacto
directo en el Estado y que no son competencia de ninguna unidad administrativa de la Secretaría de Fomento Económico,
resulta necesario la creación de un área encargada de atender, dar cumplimiento y seguimiento a estos proyectos de
diversas materias trascendentales como lo es la materia de energía, entre otras.
La Coordinación General de Vinculación de Proyectos es el área responsable de generar condiciones de relación
armónica con el sector productivo y la secretaría, a partir de las necesidades de acompañamiento o asesoría que surgen
principalmente en el entorno gubernamental de los tres órdenes de gobierno. También vincular proyectos con otros
actores privados, las cámaras y asociaciones empresariales, así como todos aquellos que coadyuven a la
potencialización de cualquier proyecto productivo.
Así mismo se crea la Coordinación General de Promoción e Inversión, que tendrá por objeto Fomentar y propiciar la
inversión en el Estado y promover la oferta exportable en el exterior, a través de la implementación de programas y
políticas de promoción que se traduzcan en generación de empleo, inversión y desarrollo económico-social. De acuerdo a
lo anterior recientemente se hizo una reestructuración al interior de la Secretaría de Fomento Económico, adecuando las
funciones de cada una de las unidades administrativas que la conforman, con la finalidad de realizar mejoras a su
funcionamiento.
Bajo esta tesitura y tomando en consideración las condiciones actuales de los actores relacionados con el fomento y
desarrollo económico de la Entidad, es necesario llevar a cabo la reforma al Reglamento Interior de la Secretaría de
Fomento Económico, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Colima” el sábado 28 de enero del año 2017.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, he tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERIOR DE
LA SECRETARÍA DE FOMENTO ECONÓMICO
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman los artículos 2 apartado 1 fracción III inciso b, Capítulo III De las Atribuciones
Generales de las Unidades Administrativas así como su artículo 5, párrafo primero y fracciones I, VIII, IX ; se adicionan
EL ESTADO DE COLIMA - 3 -

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