Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de los estados de Chiapas, Guerrero y Oaxaca

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El 1o. de enero pasado, la SHCP dio a conocer en el DOF el Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de los estados de Chiapas, Guerrero y Oaxaca, el cual entró en vigor el 1o. de enero de 2015 y concluirá su vigencia el 31 de diciembre de 2018.

Mediante este decreto se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes personas físicas o morales que tengan su domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento en Chiapas, Guerrero y Oaxaca, consistente en una deducción adicional sobre el monto original de las inversiones que se realicen en bienes nuevos de activo fijo que se encuentren en los siguientes supuestos:

1. Se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras y tributen en los

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términos del título II, capítulo VIII (régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras), de la Ley del ISR.

2. Se dediquen exclusivamente a la actividad agroindustrial y que tributen en los términos del título II (personas morales del régimen general de ley) o del título IV, capítulo II, sección I (personas físicas con actividades empresariales y profesionales), de la Ley del ISR.

Entre otros aspectos, es importante destacar lo siguiente:

1. El monto de la deducción adicional será equivalente a 25% sobre el monto original de las inversiones realizadas en bienes nuevos de activo fijo.

2. Los bienes nuevos de activo fijo por los que se aplique la deducción adicional deberán destinarse exclusivamente al desarrollo de las actividades del contribuyente y utilizarse exclusiva y permanentemente en Chiapas, Guerrero y Oaxaca.

3. La deducción adicional será aplicable para la determinación del ISR del ejercicio y de los pagos provisionales, sin que en ningún caso exceda al monto de la utilidad gravable o de la base que en su caso se determine antes de aplicar la deducción adicional.

4. Los contribuyentes que para determinar sus pagos provisionales del ISR lo hagan utilizando...

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