Decreto Número 187.- Por el que se adiciona la fracción IX Bis al artículo 3 y la fracción IX Bis al artículo 6 de la Ley de Apicultura del Estado de México.

Viernes 29 de septiembre de 2023 Sección Primera Tomo: CCXVI No. 60
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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
DELFINA GÓMEZ ÁLVAREZ, Gobernadora Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus
habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
La H. “LXI” Legislatura del Estado de México decreta:
ARTÍCULO ÚNICO. Se adiciona la fracción IX Bis al artículo 3 y la fracción IX Bis al artículo 6 de la Ley de
Apicultura del Estado de México, para quedar como sigue:
Artículo 3.
I. a IX.
IX Bis. Espacio Polinizador: A los contenedores, jardines, terrenos o áreas que cuenten con flora melífera,
nativas que favorezcan la actividad apícola y a los polinizadores.
X. a XIX.
Artículo 6.
I. a IX.
IX Bis. Impulsar la creación, instalación, atención o transformación de áreas verdes del Estado de México y sus
municipios, así como de los entes privados interesados en espacios polinizadores, así como generar campañas
permanentes para establecer plantaciones acordes con la región.
X. a XXVI.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
SEGUNDO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial
"Gaceta del Gobierno".
TERCERO. La Secretaría del Campo, en un periodo de 90 días naturales posteriores a la publicación del
presente Decreto elaborará y publicará los lineamientos técnicos para creación de los Espacios Polinizadores.
Lo tendrá entendido la Gobernadora del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los
doce días del mes de septiembre del año dos mil veintitrés.- Presidenta.- Dip. Azucena Cisneros Coss.-
Rúbrica.- Secretarias.- Dip. Viridiana Fuentes Cruz.- Rúbrica.- Dip. Silvia Barberena Maldonado.- Rúbrica.- Dip.
Mónica Miriam Granillo Velazco.- brica.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, México, a 27 de septiembre de 2023.- LA GOBERNADORA CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE MÉXICO, MTRA. DELFINA GÓMEZ ÁLVAREZ.- RÚBRICA.- EL SECRETARIO GENERAL DE
GOBIERNO, MTRO. HORACIO DUARTE OLIVARES.- RÚBRICA.

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