Decreto NO. 173 por el Que Se Otorga Un Descuento del 50% en el Pago del Derecho por Dotación y Reposición de Placas y Tarjetas de Circulación a Todos los Propietarios de Motocicletas en el Estado de Colima, Contemplados en el Inciso C) de la Fracción V, e Inciso B) de la Fracción Vi, Ambas del Artículo 55 B de la Ley de Hacienda para el Estado de COLIMA.

Tomo 101, Colima, Col., Sábado 10 de Diciembre del año 2016; Núm. 76, pág. 2. DEL GOBIERNO DEL ESTADO

PODER LEGISLATIVO

DECRETO 173

POR EL QUE SE OTORGA UN DESCUENTO DEL 50% EN EL PAGO DEL DERECHO POR DOTACIÓN Y REPOSICIÓN DE PLACAS Y TARJETAS DE CIRCULACIÓN A TODOS LOS PROPIETARIOS DE MOTOCICLETAS EN EL ESTADO DE COLIMA, CONTEMPLADOS EN EL INCISO C) DE LA FRACCIÓN V, E INCISO B) DE LA FRACCIÓN VI, AMBAS DEL ARTÍCULO 55 B DE LA LEY DE HACIENDA PARA EL ESTADO DE COLIMA.

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente:

D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN II Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y

A N T E C E D E N T E S

  1. - Que el Diputado Eusebio Mesina Reyes, y demás integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fecha 06 de octubre de 2016, presentaron ante esta asamblea legislativa, la Iniciativa con Proyecto de Decreto, para autorizar a los habitantes del Municipio de Armería un descuento del 50% en el pago del derecho por dotación de placas y tarjetas de circulación de motocicletas y su reposición, contemplados en el inciso c) de la fracción V, e inciso b) de la fracción VI, ambas del articulo 55 B de la Ley de Hacienda para el Estado de Colima.

  2. - Que mediante oficio número DPL/704/016 de fecha 6 de octubre de 2016, los Diputados Secretarios de la Mesa Directiva del Honorable Congreso del Estado, en Sesión Pública Ordinaria, turnaron a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, la iniciativa señalada en el punto anterior, para efectos de su estudio, análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

  3. - Es por ello que los integrantes de la Comisión que dictamina procedemos a realizar el siguiente:

A N Á L I S I S D E L A I N I C I A T I V A

  1. Que la iniciativa, presentada por el Diputado Eusebio Mesina Reyes, en la exposición de motivos que la sustenta, señala textualmente que:

    "Armería es sin lugar a dudas uno de los municipios más vulnerables de nuestro Estado, de ello dan fe los diferentes indicadores de medición económica tanto a nivel nacional como estatal.

    En ese tenor, una problemática recurrente en dicho municipio, es precisamente la existencia de muchas motocicletas que son empleadas por los habitantes de Armería para el desempeño de sus labores diarias y como medio de transporte.

    Sin embargo, desafortunadamente, muchas de ellas carecen del debido registro ante la Secretaría de Movilidad, situación que requiere atención inmediata, por tal motivo, y tomando en consideración las características económicas de dicho municipio, es que se propone incentivar la regularización de las motocicletas ante la Secretaría de Movilidad, confiriendo un descuento del 50% del pago del derecho por dotación de placas y tarjetas de circulación y su reposición, contemplados en el inciso c) de la fracción V, e inciso b), de la fracción VI, ambas del articulo 55 B de la Ley de Hacienda del Estado de Colima".

  2. Que los integrantes de esta Comisión dictaminadora solicitamos a la Secretaría de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado, la emisión del criterio técnico respecto a la iniciativa señalada en la fracción que precede, ello mediante oficio OM-908/2016 de fecha 11 de octubre de 2016; lo anterior en observancia a lo establecido por el artículo 16 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y de los Municipios.

    Al respecto, la Secretaría de Planeación y Finanzas emitió el criterio correspondiente, según consta en el oficio S.P.yF./986/2016 de fecha 17 de octubre de 2016, mismo que se anexa al presente dictamen. De igual forma, dando cumplimiento a lo señalado por el artículo 58 de la Ley de Planeación Democrática se encuentra que la iniciativa dictaminada tiene relación con el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2021.

  3. Leída y analizada la iniciativa en comento, los Diputados que integramos esta Comisión, mediante citatorio emitido por el Presidente de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, con fecha 13 de octubre de 2016, sesionamos al interior de la Sala de Juntas "Francisco J. Mujica", a efecto de realizar el dictamen correspondiente, con fundamento en el artículo 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, con base a los siguientes:

    C O N S I D E R A N D O S

    PRIMERO.- Que esta Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos es competente para conocer respecto a la expedición o reformas a...

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