Decreto NO. 132 Se Adiciona Un Párrafo Segundo Al Artículo 10 y Se Deroga la Fracción Xxxi del Artículo 23 Ambos D Ela Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de COLIMA.

Tomo 101, Colima, Col., Viernes 02 de Septiembre del año 2016; Núm. 54 pág. 1572.

DEL GOBIERNO DEL ESTADO

PODER LEGISLATIVO

DECRETO No. 132

SE ADICIONA UN PÁRRAFO SEGUNDO AL ARTÍCULO 10 Y SE DEROGA LA FRACCIÓN XXXI DEL ARTÍCULO 23 AMBOS D ELA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE COLIMA.

LIC. JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente

D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN II Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y ;

A N T E C E D E N T E S

l.- Que mediante oficio número DPL/458/016 de fecha 08 de junio de 2016, los Diputados Secretarios del Congreso del Estado, en Sesión Pública Ordinaria, turnaron a la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, la Iniciativa presentada por el Lic. José Ignacio Peralta Sánchez, Gobernador Constitucional del Estado de Colima.

ll.- Que la iniciativa dentro de su exposición de motivos enuncia:

"Que actualmente la Contraloría General del Estado es una dependencia que se encuentra dentro de la estructura orgánica de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado, en atención a lo dispuesto por la fracción XXXI del artículo 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima.

De tal forma la Contraloría General del Estado depende jerárquicamente de la Secretaría de Planeación y Finanzas, lo que genera que se constituya en un órgano con un espacio de acción acotado para desarrollar sus facultades de auditoría y fiscalización interna de la Administración pública del Estado.

Que ante los retos que significan los nuevos paradigmas en el manejo de los recursos públicos fincados en una mayor transparencia, una mejor rendición de cuentas y una más eficaz supervisión del gasto, es una exigencia de la sociedad que los órganos de control interno que se conformen al interior de las administraciones públicas para efectos de auditoría y fiscalización, como es el caso de las contralorías, se establezcan bajo esquemas de autonomía técnica y de gestión con relación a las dependencias y entidades administrativas que revisan.

En razón de ello se considera necesario sustraer a la Contraloría General del Estado de la esfera de la Secretaría de Planeación y Finanzas garantizándole una mayor autonomía en su...

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