Decreto No. 124.- Se reforma el Artículo 1 en el apartado 0 Ingresos Derivados de Financiamientos y se adicionan los párrafos tercero y cuarto al Artículo 70 del Capítulo Cuarto de los Ingresos Extraordinarios de la Ley de Ingresos del Municipio de Torreón, Coahuila de Zaragoza

Fecha de publicación14 Agosto 2015
EstadoCoahuila de Zaragoza
MunicipioTorreón
CUARTA SECCION
TOMO CXXII Saltillo, Coahuila, viernes 14 de agosto de 2015 número 65
REGISTRADO COMO ARTÍCULO DE SEGUNDA CLASE EL DÍA 7 DE DICIEMBRE DE 1921.
FUNDADO EN EL AÑO DE 1860
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES SUPERIORES SON OBLIGATORIAS POR EL HECHO
DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
<
ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE
ZARAGOZA
RUBÉN IGNACIO MOREIRA VALDEZ
Gobernador del Estado de Coahuila de Zaragoza
ROBERTO OROZCO AGUIRRE
Subdirector del Periódico Oficial
VÍCTOR MANUEL ZAMORA RODRÍGUEZ
Secretario de Gobierno y Director del Periódico Oficial
I N D I C E
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
DECRETO No. 124.- Se reforma el Artículo 1 en el apartado “0 Ingresos Derivados de Financiamientos” y se adicionan
los párrafos tercero y cuarto al Artículo 70 del Capítulo Cuarto de los Ingresos Extraordinarios de la Ley de Ingresos del
Municip
io de Torreón, Coahuila de Zaragoza.
1
DECRETO No. 125.- Se reforma el Artículo Quinto, del Decreto 629, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del
Estado de fecha 5 de diciembre de 2014.
3
EL C. RUBÉN IGNACIO MOREIRA VALDEZ, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, A SUS HABITANTES SABED:
QUE EL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA;
DECRETA
NÚMERO 124.-
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el Artículo 1 en el apartado “0 Ingresos Derivados de Financiamientos” y se adicionan los
párrafos tercero y cuarto al Artículo 70 del Capítulo Cuarto de los Ingresos Extraordinarios de la Ley de Ingresos del Municipio de
Torreón, Coahuila de Zaragoza, el cual se autorizó con Decreto 727 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
fecha 26 de diciembre de 2014 y reformado con Decreto número 103 de fecha 24 de julio del año 2015, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 1.- .…
….
….
Presupuesto de Ingresos contenido en la Ley de Ingresos 2015…

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