Decreto NO. 06 por el Que Se Nombra Gobernador Interino Al Ciudadano Ramón Pérez Díaz, por Un Período Comprendido Entre el Día 1° de Noviembre del Año 2015, y Concluye el 18 Dieciocho de Enero del Año 2016; Quien Deberá Rendir Protesta en Sesión Solemne a Celebrarse a las 11:00 Horas del Día 1° de Noviembre del Año en Curso, Misma Que Tendrá Verificativo en el Recinto Parlamentario del H. Congreso del Estado de COLIMA.

Tomo 100, Colima, Col., Sábado 31 de Octubre del año 2015; Núm. 61, pág. 6.

DECRETO No. 06

POR EL QUE SE NOMBRA GOBERNADOR INTERINO AL CIUDADANO RAMÓN PÉREZ DÍAZ, POR UN PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL DÍA 1° PRIMERO DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2015, Y CONCLUYE EL 18 DIECIOCHO DE ENERO DEL AÑO 2016; QUIEN DEBERÁ RENDIR PROTESTA EN SESIÓN SOLEMNE A CELEBRARSE A LAS 11:00 HORAS DEL DÍA 1° PRIMERO DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, MISMA QUE TENDRÁ VERIFICATIVO EN EL RECINTO PARLAMENTARIO DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE COLIMA.

LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente:

D E C R E T O

DECRETO NO. 06

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTíCULOS 33 FRACCIÓN II, Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y

C O N S I D E R A N D O :

PRIMERO.- Que mediante oficio número 177/015, de fecha 25 de octubre del año en curso, los secretarios de la mesa directiva diputada Gabriela de la Paz Sevilla Blanco y Diputada Leticia Zepeda Mesina, turnaron a esta comisión la notificación realizada a esta soberanía mediante oficio número IEE/SE/595/2015, suscrito por el Secretario Ejecutivo Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima, Mtro. Miguel Ángel Núñez Martínez, relativo a la sentencia emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente SUP-JRC-678-2015 y su acumulado SUP-JDC-1272/2015, en la cual resolvió anular la elección para Gobernador del Estado de Colima.

SEGUNDO.- Que para atender los términos del artículo 204 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se turnó dicha sentencia a la Comisión de Justicia, Gobernación y Poderes para que llevara a cabo el trámite correspondiente.

TERCERO.- Que por actualizarse los supuestos del artículo 57 de la Constitución Política del...

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