Decreto por el que se modifica el primer párrafo del artículo 26 y se derogan las fracciones XII, XIII y XIV de dichonumeral de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México. se modifica lafracción XXVII del artículo 3º y se adicionan las fracciones XXVII Bis, XXVII Ter, XXVII Quáter y XXVIIQuinquies a dicho numeral, de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México. semodifica la fracción XIV del artículo 18 y se adicionan las fracciones XIV BIS y XIV Ter a dicho numeral; se adicionaun párrafo al artículo 55, se derogan los artículos 20 y 54, y se modifica el artículo 119, de la Ley del Sistema deSeguridad Ciudadana de la Ciudad de México. Se derogan las fracciones I, III y IV del artículo 15 Bis y se adicionan alartículo 25 las fracciones IV Bis, IV Ter, IV Quáter, VI Bis y VI Ter de la Ley de Acceso de las Mujeres a una VidaLibre de Violencia de la Ciudad de México. Se abroga la Ley de Centros de Reclusión para el Distrito ...
18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de septiembre de 2021
DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 26 Y SE DEROGAN LAS FRACCIONES XII, XIII Y XIV DE DICHO NUMERAL DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. SE MODIFICA LA FRACCIÓN XXVII DEL ARTÍCULO 3º Y SE ADICIONAN LAS FRACCIONES XXVII BIS, XXVII TER, XXVII QUÁTER Y XXVII QUINQUIES A DICHO NUMERAL, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. SE MODIFICA LA FRACCIÓN XIV DEL ARTÍCULO 18 Y SE ADICIONAN LAS FRACCIONES XIV BIS Y XIV TER A DICHO NUMERAL; SE ADICIONA UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 55, SE DEROGAN LOS ARTÍCULOS 20 Y 54, Y SE MODIFICA EL ARTÍCULO 119, DE LA LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. SE DEROGAN LAS FRACCIONES I, III Y IV DEL ARTÍCULO 15 BIS Y SE ADICIONAN AL ARTÍCULO 25 LAS FRACCIONES IV BIS, IV TER IV QUÁTER, VI BIS Y VI TER DE LA LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. SE ABROGA LA LEY DE CENTROS DE RECLUSIÓN PARA EL DISTRITO FEDERAL Y SE EXPIDE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, a sus habitantes sabed.
Que el H. Congreso de la Ciudad de México I Legislatura, se ha servido dirigirme el siguiente:
D E C R E T O
CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
I LEGISLATURA
EL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DECRETA:
SE MODIFICA EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 26 Y SE DEROGAN LAS FRACCIONES XII, XIII Y XIV DE DICHO NUMERAL DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. SE MODIFICA LA FRACCIÓN XXVII DEL ARTÍCULO 3º Y SE ADICIONAN LAS FRACCIONES XXVII BIS, XXVII TER, XXVII QUÁTER Y XXVII QUINQUIES A DICHO NUMERAL, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. SE MODIFICA LA FRACCIÓN XIV DEL ARTÍCULO 18 Y SE ADICIONAN LAS FRACCIONES XIV BIS Y XIV TER A DICHO NUMERAL; SE ADICIONA UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 55, SE DEROGAN LOS ARTÍCULOS 20 Y 54, Y SE MODIFICA EL ARTÍCULO 119, DE LA LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. SE DEROGAN LAS FRACCIONES I, III Y IV DEL ARTÍCULO 15 BIS Y SE ADICIONAN AL ARTÍCULO 25 LAS FRACCIONES IV BIS, IV TER IV QUÁTER, VI BIS Y VI TER DE LA LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. SE ABROGA LA LEY DE CENTROS DE RECLUSIÓN PARA EL DISTRITO FEDERAL Y SE EXPIDE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
PRIMERO. Se MODIFICA el primer párrafo del artículo 26 y se DEROGAN las fracciones XII, XIII y XIV de dicho numeral de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, para quedar como sigue:
Artículo 26. A la Secretaría de Gobierno corresponde el despacho de las materias relativas al gobierno, relaciones con órganos y poderes públicos locales y federales, así como la coordinación metropolitana y regional.
Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:
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a XI. 2026
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Se deroga.
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Se deroga.
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Se deroga.
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a XXXIX. 2026
SEGUNDO. Se MODIFICA la fracción XXVII del artículo 3º y se ADICIONAN las fracciones XXVII Bis, XXVII Ter, XXVII Quáter y XXVII Quinquies a dicho numeral, de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México; para quedar como sigue:
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a XXVI. ...
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Colaborar con las autoridades competentes en la implementación de acciones interinstitucionales para la prevención del delito, la erradicación de la violencia y la promoción de una cultura de paz en la Ciudad;
XXVII Bis. Regular, operar y administrar los Centros Penitenciarios, Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social, Centros Especializados y acción cívica;
XXVII Ter. Coadyuvar con el Poder Judicial de la Ciudad en la ejecución de sentencias penales por delitos del fuero común;
XXVII Quáter. Coordinar las acciones del Órgano Especializado en la Ejecución de Medidas para adolescentes, responsables de los Centros de internamiento y/o Especializados y de las demás áreas que establezcan las leyes respectivas, observando la autonomía técnica, operativa y de gestión de dicha autoridad;
XXVII Quinquies. Organizar, implementar, gestionar, actualizar, monitorear y evaluar el funcionamiento del Registro Público de Personas Agresoras Sexuales de la Ciudad de México, así como emitir la Constancia de No Antecedentes Penales; y
XXVIII. 2026
TERCERO. Se MODIFICA la fracción XIV del artículo 18 y se ADICIONAN las fracciones XIV Bis y XIV Ter a dicho numeral; se ADICIONA un párrafo al artículo 55, se DEROGAN los artículos 20 y 54, y se MODIFICA el artículo 119, de la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México; para quedar como sigue:
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a XIII. ...
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Auxiliar a la Fiscalía para el adecuado desarrollo de los procedimientos penales, en los términos de las disposiciones aplicables;
XIV Bis. Ejercer en el ámbito de su competencia las atribuciones que regulen la ejecución de penas y medidas de seguridad, relativas a la reinserción social;
XIV Ter. Las que resulten de los convenios de colaboración y coordinación que celebre en materia de seguridad ciudadana; y
XV....
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Las policías preventiva, auxiliar, de tránsito, cívica, bancaria e industrial y cuerpos especiales desempeñarán sus funciones bajo la dirección y mando directo de la Secretaría observando las disposiciones establecidas en la normatividad federal y local en la materia, regulando su funcionamiento interno a través de su correspondiente Ley Orgánica, Reglamentos, Acuerdos, Protocolos y demás instrumentos jurídico-administrativos que se emitan para tal efecto. De igual forma, como parte de la función de seguridad ciudadana, la Secretaría tendrá bajo su dirección y responsabilidad el cuerpo de vigilancia y custodia de los Centros Penitenciarios, Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social y Centros Especializados, organizado jerárquica y disciplinariamente en los términos de su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables..
Los ingresos que se generen por los servicios prestados por las policías auxiliar y bancaria e industrial, deberán enterarse a favor de la Tesorería de la Ciudad.
CUARTO. Se DEROGAN las fracciones I, III y IV del artículo 15 bis y se ADICIONAN al artículo 25 las fracciones IV Bis, IV Ter IV Quáter, VI Bis y VI Ter de la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia de la Ciudad de México; para quedar como sigue:
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Se deroga.
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2026
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Se deroga.
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Se deroga.
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2026
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a IV. 2026
IV Bis. Publicar en su portal web oficial, el Registro Público de Personas Agresoras Sexuales, registrando a la persona sentenciada una vez que cause ejecutoria la sentencia;
IV Ter. Establecer los lineamientos para crear, organizar, implementar, gestionar, actualizar, monitorear y evaluar el funcionamiento del Registro Público de Agresores Sexuales;
IV Quáter. Expedir los mecanismos que permitan inscribir, acceder, rectificar, cancelar y oponerse cuando resulte procedente, la información contenida en el Registro;
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2026
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Formular acciones y programas orientados a fomentar la cultura del respeto a los derechos humanos de las mujeres;
VI Bis. Participar en la Coordinación Interinstitucional y en las acciones de prevención y erradicación de la violencia que prevé esta Ley;
VI Ter. Suscribir los convenios con instituciones públicas, privadas y académicas necesarios para el cumplimiento de su objeto; y
VII. ...
QUINTO. Se ABROGA la Ley de Centros de Reclusión para el Distrito Federal y se EXPIDE la Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México, para quedar como sigue:
TÍTULO PRIMERO Del Sistema Penitenciario CAPÍTULO I Disposiciones Generales
CAPÍTULO II
Autoridades del Sistema Penitenciario
CAPÍTULO III
Funciones, Atribuciones y Obligaciones de las Autoridades Responsables del Sistema Penitenciario
CAPÍTULO IV
Del Comité Técnico
TÍTULO SEGUNDO
De la Reinserción Social
CAPÍTULO I
De los derechos de las personas privadas de la libertad
CAPÍTULO II
De las Comunicaciones de las personas privadas de la libertad con su Representante Legal CAPÍTULO III
Del derecho a la capacitación y al trabajo
CAPÍTULO IV
Educación
CAPÍTULO V
Actividades Deportivas, Culturales, Recreativas y Religiosas
CAPÍTULO VI
De la Salud Capítulo VII
Visita General y Visita Íntima
CAPÍTULO VIII
De las Mujeres en Prisión
22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de septiembre de 2021
CAPÍTULO IX
Del tratamiento a personas inimputables y con trastornos psiquiátricos TÍTULO TERCERO
Del Programa de Actividades Penitenciarias
Capítulo I
Programa de Actividades CAPÍTULO II
Instituciones Públicas y Privadas de Colaboración
CAPÍTULO III
Del Patronato CAPÍTULO IV
De los Medios de Comunicación
TÍTULO CUARTO
Los Centros Penitenciarios de...
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