Decreto por el que se concede Jubilación al C. JOSÉ ALFONSO ESGUERRA AVENDAÑO.

1 de enero de 1999 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 9
del Estado y Municipios, así como la cláusula Dé-
cima Tercera del convenio laboral de fecha 29 de
diciembre de mil novecientos noventa y dos cele-
brado entre el Gobierno Estatal y el Sindicato de los
Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado,
y en justo reconocimiento a los años de servicio
prestado al Gobierno del Estado de Querétaro, se
concede jubilación al Ciudadano ESTEBAN MO-
RENO ZUÑIGA, desempeñándose actualmente
como "Auxiliar Administrativo”, y se le asigna por
este concepto en forma vitalicia la cantidad men-
sual de $7,718.80 (SIETE MIL SETECIENTOS
DIECIOCHO PESOS 80/100 M.N.) equivalente al
100% del salario que actualmente percibe, dicha
cantidad deberá ser cubierta con cargo a la partida
correspondiente del Presupuesto de Egresos de
Gobierno del Estado de Querétaro.
T R A N S I T O R I O
ARTICULO UNICO.- El presente Decreto
entrará en vigor al día siguiente de su publicación
en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado "La
Sombra de Arteaga".
LO TENDRA ENTENDIDO EL CIUDADANO GO-
BERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO Y
MANDARA SE IMPRIMA, PUBLIQUE Y OBSER-
VE.
DADO EN EL RECINTO OFICIAL DEL PODER
LEGISLATIVO A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES
DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVEN-
TA Y OCHO.
ATENTAMENTE
ING. VICTOR MANUEL PERRUSQUIA NIEVES
DIPUTADO PRESIDENTE
LIC. JESUS MARTINEZ GOMEZ
DIPUTADO VICEPRESIDENTE
PROFR. FIDEL FLORES SALAZAR
DIPUTADO PRIMER SECRETARIO
C. FERNANDO ZAMORA GAMA
DIPUTADO SEGUNDO SECRETARIO.
EN CUMPLIMIENTO POR LO DISPUESTO EN LA
FRACCION PRIMERA DEL ARTICULO CINCUEN-
TA Y SIETE DE LA CONSTITUCION POLITICA DE
ESTA ENTIDAD, Y PARA SU DEBIDA PUBLICA-
CION Y OBSERVANCIA, EXPIDO EL PRESENTE
DECRETO EN LA RESIDENCIA OFICIAL DEL
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO A LOS
TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE DICIEMBRE
DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.
ING. IGNACIO LOYOLA VERA.
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO.
LIC. MA. GUADALUPE MURGUIA GUTIERREZ.
SECRETARIO DE GOBIERNO.
IGNACIO LOYOLA VERA,
Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga, a los habitantes
del mismo, sabed que:
LA QUINCUAGESIMA SEGUNDA LEGISLATURA
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SO-
BERANO DE QUERETARO ARTEAGA, EN USO
DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL
ARTICULO 41 DE LA CONSTITUCION POLITICA
LOCAL Y
C O N S I D E R A N D O S
Que de conformidad con lo establecido por
el convenio laboral de fecha 29 de diciembre de mil
novecientos noventa y dos celebrado entre el Go-
bierno Estatal y el Sindicato de los Trabajadores al
Servicio de los Poderes del Estado para tener dere-
cho a la jubilación los trabajadores al servicio del
Estado y Municipios, se requiere de 28 años de
servicio, otorgando el Gobierno del Estado, este
Derecho como compensación a los esfuerzos des-
arrollados por el trabajador en beneficio de la So-
ciedad y de la dependencia Gubernamental, para
quien prestó sus servicios.
Que la jubilación es un Derecho imprescrip-
tible que forma parte del patrimonio del trabajador y
de su familia.
Que el Ciudadano JOSE ALFONSO ES-
GUERRA AVENDAÑO, ha acreditado fehaciente-
mente las exigencias para obtener este beneficio
ante esta Quincuagésima Segunda Legislatura.
Que esta Representación Popular conside-
ra procedente la Iniciativa de referencia, con fun-
damento en lo dispuesto por los artículos 1, 11, 12,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR