DECRETO QUE REFORMA LOS ARTICULOS 61 Y 103 DE LA LEY MUNICIPAL DEL ESTADO DE NAYARIT
Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo.- Nayarit.
ROBERTO SANDOVAL CASTAÑEDA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y
Soberano de Nayarit, a los habitantes del mismo, sabed:
Que el H. Congreso Local, se ha servido dirigirme para su promulgación, el siguiente:
DECRETO
El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit
El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit
El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit
El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit rrrrepresentado por su XXX Legislatura, decreta epresentado por su XXX Legislatura, decreta epresentado por su XXX Legislatura, decreta epresentado por su XXX Legislatura, decreta
Reformar los artículos 61 y 103 de la Ley Municipal para el
Estado de Nayarit.
I. a II…
III.-… a) a la f)… g) Integrar la Comisión Municipal de Derechos Humanos, garantizando su funcionamiento de acuerdo con la capacidad económica y presupuestaria del municipio; h) a la cc)…
I. a IX…
X.- La Comisión Municipal de Derechos Humanos no será competente tratándose de asuntos electorales y jurisdiccionales de fondo.
Las Comisiones Municipales solo admitirán quejas y denuncias contra actos u omisiones de autoridades judiciales, cuando dichos actos u omisiones sean materialmente administrativos.
Transitorios:
D A D O en la Sala de Sesiones “Lic. Benito Juárez García” recinto oficial del Honorable
Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit, en Tepic, su Capital, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil trece.
Dip. Armando García Jiménez, Presidente.-
Rúbrica.-
Dip. María Dolores...
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