Declaratoria mediante la cual se declara de utilidad pública la construcción del Viaducto Elevado Interconexión del Caminero a Caseta Tlalpan, en los inmuebles con superficie total de 5,941.01 metros cuadrados, ubicada en la Delegación Xochimilco, Ciudad de México, dividida en veintiocho fracciones, localizada entre los kilómetros 23+567.53 al 24+059.30 lado izquierdo de la autopista México-Cuernavaca con origen de cadenamiento en el Zócalo de la Ciudad de México

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Comunicaciones y Transportes

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. GERARDO RUIZ ESPARZA, Secretario de Comunicaciones y Transportes, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., fracción XII, 2o. y 3o. de la Ley de Expropiación; 1o., 5o. y 22 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; y 1, 3, 4 y 5, fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y

CONSIDERANDO

Que es competencia del Ejecutivo Federal, llevar a cabo las estrategias contempladas en el Programa Nacional de Infraestructura, con lo cual se ha logrado que el país realice un programa de construcción de obras públicas bastante amplio, además de la construcción, conservación y mantenimiento de caminos, coadyuvando con ello en la generación de empleos tanto directos como indirectos, beneficios sociales y desarrollo de las zonas donde se ubiquen, todo esto para completar la red de corredores troncales transversales y longitudinales que comunican a las principales ciudades, puertos, fronteras y centros turísticos del país, con caminos de altas especificaciones al desarrollo de ejes interregionales, pasando por la construcción de libramientos y proporcionando servicios de transporte a algunas de las comunidades más desprotegidas, así como reducir el índice de accidentes;

Que el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, está llevando a cabo la adquisición de los terrenos necesarios para la construcción del Viaducto Elevado Interconexión del Caminero a Caseta Tlalpan, ubicados en la Delegación de Xochimilco, Ciudad de México;

Que de conformidad con la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y la Ley de Expropiación, es de utilidad pública la construcción, conservación y mantenimiento de los caminos y puentes federales;

Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes llevó a cabo los estudios técnicos y proyectos conforme a los cuales se determinó que los terrenos que son objeto de la presente Declaratoria, ubicados en la Delegación de Xochimilco, Ciudad de México, son los más apropiados e idóneos para la construcción, conservación y mantenimiento del Viaducto Elevado Interconexión del Caminero a Caseta Tlalpan, en virtud de que los mismos reúnen las características específicas que se requieren para este tipo de infraestructura;

Que la construcción del Viaducto Elevado Interconexión del Caminero a Caseta Tlalpan será parte integrante de la autopista México-Cuernavaca, la cual forma parte del corredor carretero Transversal Acapulco-Veracruz, que contribuirá a la modernización de la citada autopista, mejorará el enlace vial con las carreteras federal México-Acapulco, autopista urbana sur en la Ciudad de México, la autopista México-Veracruz, y la autopista México-Querétaro; facilitará la conexión con el corredor carretero Longitudinal México-Nuevo Laredo; reducirá el tiempo de recorrido entre las ciudades de Cuernavaca, Morelos, San Juan del Río, Querétaro, Puebla, Puebla y Ciudad de México entre otras; evitará la demora ocasionada por el tránsito de vehículos de largo itinerario y el tránsito local en la zona de la Caseta Tlalpan en la Ciudad de México, haciendo más fluido el recorrido de los mismos, disminuirá el índice de contaminación vehicular de las comunidades aledañas, permitirá el descongestionamiento del tránsito vehicular regional; reducirá los costos de operación del aforo de 6,530 vehículos por día, de transporte de pasajeros, de turismo, de carga y particular que utilizarán dicha vía; lo que justifica la utilidad pública, para la adquisición de los terrenos objeto de esta Declaratoria;

Que conforme a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, el derecho de vía es una franja de terreno que se requiere para la construcción, conservación, ampliación, protección y en general para el uso adecuado de una vía general de comunicación, cuya anchura y dimensión fija la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y que no puede ser inferior a 20 metros a cada lado del eje del camino;

Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, integró el expediente de expropiación número 01/CDMX/2016, en el cual constan los elementos técnicos que justifican la idoneidad de los bienes materia de la presente Declaratoria, para atender la causa de utilidad pública, como son, entre otros, la selección de la ruta, estudios fotogramétricos, anteproyecto y proyecto constructivo de terracerías realizados sobre los terrenos que por su ubicación son indispensables para completar el derecho de vía del mencionado viaducto, el cual favorece el transporte vehicular de bienes, servicios y personas de forma ágil y segura, y

Que en virtud de que se cumple con la causa de utilidad pública, consistente en la construcción, conservación y mantenimiento de caminos y a fin de atender la necesidad de interés general de comunicar de manera eficiente como punto intermedio de conexión a los corredores troncales transversal Acapulco-Veracruz y Longitudinal México-Nuevo Laredo, he tenido a bien expedir la siguiente

DECLARATORIA

PRIMERO.- Se declara de utilidad pública la construcción del Viaducto Elevado Interconexión del Caminero a Caseta Tlalpan, en los inmuebles con superficie total de 5,941.01 metros cuadrados, ubicada en la Delegación Xochimilco, Ciudad de México, dividida en veintiocho fracciones, localizada entre los kilómetros 23+567.53 al 24+059.30 lado izquierdo de la autopista México-Cuernavaca con origen de cadenamiento en el Zócalo de la Ciudad de México, y cuyos datos de localización son los siguientes:

FRACCIÓN I.

Se afecta una superficie de 204.83 metros cuadrados, localizada entre los kilómetros 23+567.53 al 23+601.09 lado izquierdo, ubicada...

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