Declaración anual de riesgos de trabajo 2021. Procedimiento para su determinación mediante el SUA

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Declaración anual de riesgos de trabajo 2021.
Procedimiento para su determinación mediante el SUA
Introducción
Conforme al artículo 32, fracción V, del Racerf, la determinación de la prima de riesgos de trabajo ocurridos del 1o. de
enero al 31 de diciembre de 2021 deberá presentarse a más tardar el 28 de febrero de 2022.
Lo anterior obedece a que los patrones deben presentar al IMSS los formatos impresos o el dispositivo magnético
generado por el SUA y que se enviará a través del IDSE, en donde se hagan constar los casos de riesgo de trabajo
terminados en el año anterior.
Con el propósito de facilitar a los patrones la elaboración de la declaración anual de riesgos de trabajo 2021, desa-
rrollamos un caso práctico para la determinación de la prima de riesgos de trabajo y detallamos el procedimiento
para calcularla por medio del SUA; antes, mencionamos los puntos clave que los patrones deberán considerar al
presentar la declaración anual de riesgos de trabajo.
Puntos clave
Punto clave Descripción
Accidentes que se deben
considerar.
Sólo los casos de riesgos de trabajo terminados durante el periodo comprendido entre el 1o.
de enero y el 31 de diciembre de 2021.
Artículo 32, fracción I, del Racerf.
Taller de prácticas
SEGURIDAD
SOCIAL
C9
1a. quincena
febrero 2022
Punto clave Descripción
En qué momento se con-
sidera que un riesgo de
trabajo está terminado.
En la determinación de la prima de riesgos de trabajo el patrón deberá tomar en cuenta sólo
los accidentes o enfermedades de trabajo terminados; así, podrá considerar que un riesgo de
trabajo se encuentra terminado en los casos siguientes:
1. Cuando el trabajador accidentado haya sido dado de alta mediante el formato ST-2 y, por
tanto, se encuentre apto para realizar sus labores.
2. Cuando exista dictamen que determine una incapacidad permanente parcial o total (forma-
to ST-3).
3. Cuando suceda la muerte del trabajador accidentado (formato ST-3).
Artículo 32, fracción V, del Racerf.
Por las recaídas y las revi-
siones de incapacidades
permanentes parciales se
deben considerar los días
subsidiados.
Las recaídas y las revisiones de incapacidades permanentes parciales no se considerarán
casos de riesgos de trabajo terminados. Por consiguiente, no se consideran un nuevo caso
de riesgo; sin embargo, sí se consideran los días subsidiados por incapacidad temporal para
el cálculo de la siniestralidad, por la empresa donde se originó el riesgo de trabajo, cualquiera
que sea el lugar y el tiempo en que se dé.
Artículos 36, segundo párrafo, y 37, último párrafo, del Racerf.
¿Los accidentes en trayecto
se consideran en la determi-
nación de la prima?
Los accidentes en trayecto no se tomarán en cuenta para la siniestralidad de las empresas, ya
que ocurren a los trabajadores al trasladarse de su domicilio al centro de labores o viceversa, y
no en el centro de trabajo.
Si bien son considerados como riesgos de trabajo para efectos del pago de prestaciones a los
trabajadores, no deben tomarse en cuenta para la siniestralidad, por no ser imputables a los
patrones.
Artículo 72, tercer párrafo, de la LSS.
Control pormenorizado de
los riesgos de trabajo.
Para que el patrón determine su prima deberá llevar un registro pormenorizado de su siniestrali-
dad, desde el inicio de cada uno de los casos hasta su terminación, y establecer y operar contro-
les de documentación e información que genere, así como de la que elabore el IMSS; esta última
información será entregada al trabajador o a sus familiares para que la hagan llegar al patrón, con
el fin de justificar sus ausencias al trabajo o al momento de reincorporarse al mismo.
Además, el patrón estará obligado a recabar la documentación correspondiente del trabajador
o sus familiares, y si éstos omiten la entrega, el propio patrón deberá obtenerla del IMSS.
Artículo 34 del Racerf.
Consulta de la relación de
riesgos de trabajo termina-
dos en la página de Internet
del IMSS.
Con objeto de que los patrones puedan llevar un control pormenorizado de los riesgos de
trabajo y presentar la declaración anual de riesgos de trabajo de manera correcta, el IMSS ha
puesto a disposición de los patrones una herramienta para la consulta de riesgos de trabajo
terminados.
Esta herramienta se encuentra disponible en la página de Internet del IMSS http://www.imss.
gob.mx/patrones/rtt y se puede ingresar a ella con el número patronal de identificación electró-
nica (NPIE) o bien con la Fiel.
Fórmula para calcular la
prima de riesgos de trabajo.
Para los efectos de la fijación de primas a cubrir por el seguro de riesgos de trabajo, las empre-
sas deberán calcular sus primas conforme a la fórmula siguiente:
Donde:
V= 28 años, que es la duración promedio de vida activa de un individuo que no haya sido
víctima de un accidente mortal o de incapacidad permanente total.
F= 2.3, que es el factor de prima.
N= Número de trabajadores promedio expuestos al riesgo.
S= Total de los días subsidiados a causa de incapacidad temporal.
I= Suma de los porcentajes de las incapacidades permanentes, parciales y totales, divididos
entre 100.
D= Número de defunciones.
M= 0.005, que es la prima mínima de riesgo.
Artículo 72 de la LSS.
SEGURIDAD
SOCIAL Taller de prácticas
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1a. quincena
febrero 2022

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