Se publica el decreto que reforma los artículos décimo cuarto y vigésimo cuarto transitorios de la Ley del Seguro Social
Páginas | C11 |
El 5 de enero de 2004 el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos décimo cuarto y vigésimo cuarto transitorios del Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, publicado el 20 de diciembre de 2001.
Como ya se comentó en ediciones anteriores, el artículo décimo cuarto transitorio del decreto de reformas, publicado el 20 de diciembre de 2001, fue reformado con objeto de otorgar un trato equitativo a los pensionados del IMSS, por lo que conforme a la nueva disposición tanto los pensionados por orfandad y ascendencia, así como los beneficiados por los seguros de invalidez y riesgos de trabajo también tendrán el beneficio de incrementar los montos obtenidos por concepto de pensión. Ello, debido a que a la entrada en vigor de dicha disposición transitoria (el 21 de diciembre de 2001), sólo los pensionados por los ramos de cesantía en edad avanzada y vejez y sus viudas tenían derecho al aumento de su pensión. Así, el incremento respectivo surtirá efectos de manera retroactiva, a partir del 1o. de marzo de 2003, debiendo pagarse a más tardar el 1o. de abril de 2004.
Por otro lado, en virtud...
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