¿Se deben cumplir las obligaciones que establece la LSS al construir una casa-habitación, en caso de que se lleve a cabo por el propietario y sus familiares?

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Soy contador independiente. Uno de mis clientes me comentó que con ayuda de sus familiares comenzarán la construcción de un segundo nivel de su casa-habitación, por lo que me preguntó si debe cumplir las obligaciones que en materia de construcción establece la LSS, tales como la inscripción patronal, el pago de cuotas obrero-patronales, la notificación de la obra, entre otras. Tengo entendido que cuando se trata de construcciones de casa-habitación que realice el propietario no se deben cumplir las obligaciones referidas; no obstante, tengo duda de ello.

Lector de Silao, Guanajuato

Pregunta

¿Se deben cumplir las obligaciones que establece la LSS al construir una casa-habitación, en caso de que se lleve a cabo por el propietario y sus familiares?

Respuesta

No, por lo siguiente:

1. El artículo 15, penúltimo párrafo, de la LSS precisa que las disposiciones contenidas en las fracciones I (registrarse, inscribir y proporcionar datos de los trabajadores), II (elaboración y conservación de nóminas y listas de raya), III (cálculo y entero de cuotas obreropatronales) y VI (patrones del ramo de la construcción -expedir y entregar a cada trabajador constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido), del mismo precepto no aplican en los casos de construcción, ampliación o reparación de inmuebles, cuando los trabajos se efectúen en forma personal por el propietario, o bien, obras realizadas por...

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