¿Cómo debe presentarse el aviso de dictamen por la enajenación de acciones?

Páginas51-52
¿Cómo debe presentarse el
aviso de dictamen por la enaje-
nación de acciones?
Trabajo como contador
independiente. A finales de
septiembre, los accionistas de
una persona moral del régi-
men general de la Ley del ISR
enajenaron parte de sus accio-
nes a una persona física y me
contrataron para que dictami-
ne la operación con objeto de
que el impuesto derivado de la
misma se determine conforme
al artículo 215 del Reglamento
de la Ley del ISR. El aviso de
dictamen lo debo presentar el
10 de octubre próximo y tengo
entendido que se debe acudir
a las oficinas de las autorida-
des tributarias correspondien-
tes y presentarlo en el formato
oficial; sin embargo, un colega
me comentó que debe hacer-
se a través del buzón tributario.
Tengo duda al respecto.
Lector de Ciudad de México
¿Cómo debe presentarse el aviso
de dictamen por la enajenación de
acciones?
Debe presentarse en cuadernillo
ante la autoridad competente, por lo
siguiente:
La regla 2.12.1 de la RMF para 2021
dispone lo siguiente (énfasis añadido):
2.12.1. Para los efectos del
artículo 31 del CFF, tratándose
de dictámenes de enajenación
de acciones, los avisos para
presentar dictamen fiscal, las
cartas de presentación de dichos
dictámenes y los documentos
que se deban acompañar a las
mismas, no se enviarán vía
Internet hasta en tanto no se
publique el Anexo 16-B, por lo
que se deberán seguir presen-
tando en cuadernillo, ante la
autoridad que sea competente
respecto del contribuyente que
lo presente, conforme a la ficha
de trámite 95/CFF “Aviso para
presentar dictamen por enajena-
ción de acciones, carta de pre-
sentación y dictamen”, contenida
en el Anexo 1-A, de acuerdo a lo
siguiente:
I. Ante la ACPPFGC de la AGGC,
tratándose de contribuyentes que
sean de su competencia.
II. Ante cualquier ADSC, tratán-
dose de contribuyentes que sean
competencia de la AGAFF.
III. Ante la ACPPH de la AGH,
tratándose de contribuyentes que
sean de su competencia.
Los dictámenes, sus cartas de
presentación y la demás infor-
mación y documentación que
se presenten ante la autoridad
competente a que se refieren las
fracciones I, II y III de esta regla
que se deban acompañar, no po-
drán ser enviados en ningún caso
mediante el servicio postal. En
A51
2a. quincena
octubre 2021
Consultas de
nuestros lectores FISCAL
Taller fiscal 930- 3a parte.indd 51Taller fiscal 930- 3a parte.indd 51 04/10/21 15:1104/10/21 15:11

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR