¿Debe pagarse IVA a la tasa de 16% por la importación de piezas de arte y joyería de oro?

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operación, una cantidad adicio-
nal correspondiente al 16% de
dicha contraprestación, que el
adquirente de bienes o servicios
considera como IVA acreditable.
Por lo anterior, se considera
que realizan una práctica fiscal
indebida:
I. Aquellos contribuyentes que
acrediten la cantidad pagada
como excedente a la contrapresta-
ción pactada con el contribuyente.
II. Quien asesore, aconseje,
preste servicios o participe en la
realización o implementación de
la práctica anterior.
De esta manera, no procede el
acreditamiento del IVA trasladado de
manera errónea por la adquisición
de mobiliario usado, el cual está
exento del pago de este impuesto.
¿Debe pagarse IVA a la tasa de
16% por la importación de pie-
zas de arte y joyería de oro?
Laboro como contador de una
persona moral del régimen
general de la Ley del ISR que se
dedica a la comercialización de
piezas de arte y joyería de lujo.
Derivado de un pedido que nos
hizo una empresa, pretendemos
efectuar la importación de un
lote de mercancía de oro. En
este sentido, por la enajenación
que hacemos de los productos
de la empresa se paga IVA a la
tasa de 0%, pero tengo duda
si por su importación se debe
pagar este impuesto a la tasa de
16% en la aduana.
Lector de Pachuca, Hidalgo
procesa la conformación de ese
metal, siempre y cuando dichos
bienes tengan una calidad míni-
ma de 10 quilates.
Por su parte, el artículo 25, fraccio-
nes III y VII, de la Ley del IVA señala
lo siguiente (énfasis añadido):
25. No se pagará el impuesto al
valor agregado en las importacio-
nes siguientes:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
III. Las de bienes cuya ena-
jenación en el país y las de
servicios por cuya prestación en
territorio nacional no den lugar
al pago del impuesto al valor
agregado o cuando sean de los
señalados en el artículo 2o.-A
de esta Ley.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
VII. Oro, con un contenido míni-
mo de dicho material del 80%.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
De acuerdo con lo anterior, por la
enajenación de piezas de arte y
joyería de oro cuyo contenido míni-
mo de este material sea de 80%, se
debe pagar el IVA a la tasa de 0%;
en este caso, están exentas del im-
puesto las importaciones de dichos
bienes cuya enajenación en territorio
nacional sea de los señalados en
el artículo 2o.-A de la Ley del IVA,
es decir, de los gravados en este
impuesto a la tasa de 0%.
Por consiguiente, no debe pagarse
IVA a la tasa de 16% por la importa-
ción de piezas de arte y joyería de
oro cuyo contenido mínimo de este
material sea de 80%, pues su enaje-
nación en el país está gravada a la
tasa de 0% en ese impuesto.
¿Debe pagarse IVA a la tasa de 16%
por la importación de piezas de arte
y joyería de oro?
No, siempre que se reúnan ciertos
requisitos; por lo siguiente:
El artículo 2o.-A, fracción I, inciso h,
de la Ley del IVA dispone lo siguien-
te (énfasis añadido):
2o.-A. El impuesto se calculará
aplicando la tasa del 0% a los
valores a que se refiere esta Ley,
cuando se realicen los actos o
actividades siguientes:
I. La enajenación de:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
h) Oro, joyería, orfebrería,
piezas artísticas u ornamenta-
les y lingotes, cuyo contenido
mínimo de dicho material sea
del 80%, siempre que su enaje-
nación no se efectúe en ventas
al menudeo con el público en
general.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Mientras, el artículo 10 del Regla-
mento de la Ley del ISR establece lo
siguiente:
10. Para efectos de los artículos
2o.-A, fracción I, inciso h) y 25,
fracción VII de la Ley, se consi-
dera que el 80% de oro, incluye
a los materiales con los que se
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A61
2a. quincena
noviembre 2020
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