¿Debe pagarse IVA por recibir como herencia un lote de mercancías?

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Laboro en un despacho de contadores públicos como encargado de contabilidad. Uno de los clientes de este despacho es una persona física que se dedica a la comercialización de refacciones para autos mediante el régimen de las actividades empresariales y profesionales. En septiembre pasado, esta persona recibió, como herencia de su padre, un lote de refacciones, pues también se dedicaba a la misma actividad. Leí en un boletín informativo que toda transmisión de propiedad debe considerarse enajenación de bienes para efectos del IVA, por lo que tengo duda si por el bien recibido se debió pagar este impuesto.

Lector de Culiacán, Sinaloa

Pregunta

¿Debe pagarse IVA por recibir como herencia un lote de mercancías?

Respuesta

No, por lo siguiente:

El artículo 1o., fracción I, de la Ley del IVA especifica lo siguiente:

1o. Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:

I. Enajenen bienes.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Por su parte, el artículo 8o. de la Ley del IVA estipula lo siguiente (énfasis añadido):

8o. Para los efectos de esta Ley, se entiende por enajenación, además de lo señalado en el Código Fiscal de la Federación, el faltante de bienes en los inventarios de las empresas. En este último caso la...

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