¿En qué momento y cómo debe pagarse el IVA causado por la importación de servicios?

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Soy contador de una persona moral del régimen general de la Ley del ISR que se dedica al arrendamiento de maquinaria pesada. A principios de febrero, la empresa contrató a un técnico residente en el extranjero para dar servicio de mantenimiento a la maquinaria referida; al efecto, a mediados de marzo, la empresa pagará a la persona física la contraprestación por esos servicios. Leí en un boletín informativo que esta operación debe considerarse importación de servicios por la que debe pagarse IVA; en este sentido, tengo duda en qué momento debe pagarse este impuesto y de qué manera debe hacerse el pago.

Lector de México, DF

Pregunta

¿En qué momento y cómo debe pagarse el IVA causado por la importación de servicios?

Respuesta

El IVA por la importación de servicios debe causarse en el momento en que se aprovecharon esos servicios en territorio nacional, por lo que en el caso que nos ocupa, el impuesto referido debe pagarse en la declaración de febrero de este año, por lo siguiente:

El artículo 1o., fracción IV, de la Ley del IVA especifica lo siguiente:

1o. Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IV. Importen bienes o servicios.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Por su parte, el artículo 24, fracción V, de la Ley del IVA señala lo siguiente (énfasis añadido):

24. Para los efectos de esta Ley, se considera importación de bienes o de servicios:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

V. El aprovechamiento en territorio nacional de los servicios a que se refiere el artículo 14, cuando se presten por no residentes en el país. Esta fracción no es aplicable al transporte internacional.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

A su vez, el artículo 26 de la Ley del IVA establece lo siguiente (énfasis añadido):

26. Se considera que se efectúa la importación de bienes o servicios:

I. En el momento en que el importador presente el pedimento para su trámite en los términos de la legislación aduanera.

II. En caso de importación temporal al convertirse en definitiva.

III. Tratándose de los casos previstos en las fracciones II a IV del artículo 24 de esta Ley, en el momento en el que se pague efectivamente la contraprestación.

Cuando se pacten contraprestaciones periódicas, se atenderá al momento en que...

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