¿Debe pagarse IVA por el arrendamiento de bicicletas eléctricas?

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¿ Debe pagarse IVA por el
arrendamiento de bicicletas
eléctricas?
Soy contador independiente.
Uno de mis clientes es una per-
sona física que pretende iniciar
un negocio de renta de bicicle-
tas eléctricas, y que tributará
en el régimen simplificado de
confianza (Resico). Al efecto,
tengo duda si el arrendamiento
de esos bienes está gravado
con el IVA.
Lector de Cuernavaca, Morelos
¿Debe pagarse IVA por el arrenda-
miento de bicicletas eléctricas?
Sí, por lo siguiente:
El artículo 1o., fracción III, de la Ley
del IVA dispone lo siguiente (énfasis
añadido):
1o. Están obligadas al pago del
impuesto al valor agregado esta-
blecido en esta Ley, las personas
físicas y las morales que, en terri-
torio nacional, realicen los actos
o actividades siguientes:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
III. Otorguen el uso o goce tem-
poral de bienes.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Por su parte, el artículo 19, primer
párrafo, de la Ley del IVA establece
lo siguiente:
19. Para los efectos de esta
Ley se entiende por uso o goce
temporal de bienes, el arrenda-
miento, el usufructo y cualquier
otro acto, independientemente
de la forma jurídica que al efecto
se utilice, por el que una persona
permita a otra usar o gozar tem-
poralmente bienes tangibles, a
cambio de una contraprestación.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
En tanto, el artículo 20 de la Ley del
IVA indica lo siguiente:
20. No se pagará el impuesto por
el uso o goce temporal de los
siguientes bienes:
I. Los otorgados por las personas
morales autorizadas para recibir
donativos deducibles para los efec-
tos del impuesto sobre la renta.
II. Inmuebles destinados o
utilizados exclusivamente para
casa-habitación. Si un inmueble
tuviere varios destinos o usos,
no se pagará el impuesto por la
parte destinada o utilizada para
casa-habitación. Lo dispuesto en
esta fracción no es aplicable a los
inmuebles o parte de ellos que se
proporcionen amueblados o se
destinen o utilicen como hoteles
o casas de hospedaje.
III. Fincas dedicadas o utilizadas
sólo a fines agrícolas o ganaderos.
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FISCAL
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1a. quincena
septiembre 2023
3 Informas y mas fiscal 975.indd 40 18/08/23 9:39

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